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    Violencia contra la mujer: policías pueden denunciar casos de oficio

    Guía de Procedimientos introduce esta nueva potestad para los agentes

    Foto: Mininter
    Foto: Mininter

    Los policías podrán actuar de oficio en casos de violencia contra la mujer y los integrantes de la familia. Esto, aun cuando las víctimas, pese a las evidencias existentes, no formulen una denuncia por temor hacia su agresor.

    Así quedó establecido en las modificaciones recientemente realizadas a la “Guía de Procedimientos para la Intervención Policial”, efectuada por la Comandancia General de la Policía Nacional, en el marco de la Ley que Previene, Sanciona y Erradica la violencia contra estas poblaciones (Ley 30364).

    La modificatoria fue aprobada en diciembre del año 2018 e incorpora un nuevo elemento: la “detección” en el caso de cualquier hecho de violencia contra la mujer o los integrantes del grupo familiar en el ámbito público o privado.

    Este nuevo eje permite  los agentes intervenir y denunciar de oficio hechos de violencia que no sean denunciaros, debiéndose recabar la información necesaria, sin que ello signifique una revictimización, informó el Ministerio del Interior.

    De esta manera, los efectivos detectarán de forma oportuna este tipo de hechos en las intervenciones que realicen, y actuarán con la celeridad que corresponde, a fin de garantizar el derecho irrenunciable de las personas a una vida libre de violencia.

    Según la modificación, los hechos de violencia a ser detectados corresponden a los casos de violencia física, psicológica, sexual, e incluso económica o patrimonial. Dado que muchas mujeres o integrantes del grupo familiar no se atreven a denunciar por temor o dependencia con el agresor, la Policía también podrá acompañar a la víctima a la comisaría competente, siempre y cuando se cuente con su consentimiento.

    La Guía de Procedimientos también precisa que, al realizar la entrevista a la víctima, el personal policial no podrá emitir opiniones, juicios de valor o referencias de la vida de la denunciante. Esta información será incorporada en la ficha de valoración de riesgo que sustenta la denuncia de oficio.

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