Hoy:

    Los órganos electorales no tienen competencia para sancionar en el contexto de la pandemia

    Violar las medidas sanitarias es delito y está penado con no menos de 6 meses y no más de tres años de cárcel y su respectiva multa

    Foto: Cuarto Poder

    Las aglomeraciones, reuniones y concentraciones de personas están prohibidas a causa de la COVID-19, sin embargo, la campaña electoral hace caso omiso a estas recomendaciones.

    Violar las medidas sanitarias es delito y está penado con no menos de 6 meses y no más de tres años de cárcel y su respectiva multa.

    Pese a esto, los candidatos a la presidencia y al Congreso hacen sus campañas sin control y tampoco es posible asignarles policías y fiscales para su seguimiento.

    Los mítines están prohibidos y se necesitan permisos para llevarlos a cabo, pero lo que hacen los candidatos son reuniones espontáneas o en espacios abiertos por lo que la norma se interpreta de distintas formas.

    Sin normas específicas, la PNP también tiene miedo de intervenir a un candidato y que se le tache de ser policía política con preferencia.

    Lo mismo ocurre con la Fiscalía y los órganos electorales no tienen competencias para inventarse reglas y sanciones en pandemia.

    El JNE puede hacer de mesa de partes y remitir posibles infracciones a la fiscalía o a la PNP pero no tiene capacidad sancionadora.

    Las diferentes autoridades se reunirán la próxima semana para tratar este tema. La decisión que tomen sobre la campaña y sus límites podrán salvar vidas y de paso votos.

    La sanción ciudadana a aquellos que persisten en priorizar su yo político a su yo ciudadano es una herramienta, pero no es suficiente si lo que falta ahora es una cama UCI.