Percy Medina, jefe de IDEA Internacional, abordó la reciente resolución del Poder Judicial que disuelve el partido de A.N.T.A.U.R.O representa un caso significativo en la aplicación de la Ley de Organizaciones Políticas en Perú, específicamente en relación con el artículo catorce que establece las condiciones para la disolución de organizaciones políticas.
En diálogo con Canal N, menciona que esta normativa busca equilibrar la estabilidad de los partidos con la protección de los valores democráticos, evitando que se disuelvan de manera arbitraria por decisiones políticas o administrativas.
La Corte Suprema, al aplicar esta ley, refuerza la idea de que las organizaciones políticas no deben ser disueltas fácilmente, asegurando que cualquier acción de este tipo pase por un proceso judicial riguroso. Sin embargo, también busca prevenir que partidos que actúan en contra de la democracia continúen operando.
La decisión de disolver el partido de Antauro Humala significa que, una vez que la sentencia quede firme, se ordenará al Jurado Nacional de Elecciones que retire al partido del padrón electoral, cierre sus locales y prohíba su reinscripción bajo el mismo nombre.
Próximas elecciones
El proceso judicial tiene instancias de apelación, lo que significa que aún hay tiempo antes de que esta decisión sea definitiva. Este aspecto es crucial, especialmente con las próximas elecciones programadas para abril de 2025.
Cuanto antes se resuelva este asunto, mejor, para que se clarifique el panorama electoral y se asegure que las organizaciones que participen en las elecciones estén definidas y legitimadas.
Inscripción en otros partidos políticos
Con respecto a la posibilidad de que Antauro Humala o sus seguidores se inscriban en otros partidos, la ley establece que para candidatear a la presidencia se requiere estar inscrito en una organización política dentro de un plazo determinado, que ya ha vencido.
Sin embargo, Medina menciona que tienen la opción de unirse a otros partidos como invitados, dentro de los límites establecidos por la ley.