Ernesto Álvarez, expresidente del Tribunal Constitucional, se pronunció sobre la situación del partido político de Antauro Humala.
En diálogo con Canal N, subrayó que la aplicación del artículo de la ley de partidos políticos prohíbe la inscripción de aquellos que promuevan la violencia o inciten al odio.
Según Álvarez, el Tribunal Constitucional (TC) tendría que validar la aplicación de este artículo si se plantea una demanda, ya que la doctrina detrás de él es clara y respaldada históricamente.
La jurisprudencia constitucional y la doctrina en general establecen que la democracia no debe permitir que partidos que prediquen violencia o fomenten el odio entre la ciudadanía puedan destruir los cimientos democráticos.
Esto proviene de experiencias históricas en Europa con los totalitarismos de los años veinte y treinta, y es una postura sostenida en muchas democracias contemporáneas.
Decisión del Tribunal Constitucional
Aunque el TC podría eventualmente permitir la inscripción de partidos con discursos violentistas, el abogado duda de que el tribunal opte por esta interpretación, ya que sería incompatible con el respeto a los principios democráticos y la protección del sistema de gobierno.
Se menciona el caso de Sendero Luminoso, argumentando que el error de permitir discursos de odio y violencia llevó a una situación difícil. Álvarez sugiere que esta experiencia debe tomarse en cuenta para evitar que se repitan los mismos errores.
Si bien se garantiza la libertad de pensamiento y expresión, el expresidente del TC señala que esta no es ilimitada y que existen restricciones cuando el discurso de odio o la violencia se convierte en bandera de un grupo político.
Por último, Ernesto Álvarez comenta que la ley peruana y la jurisprudencia constitucional establecen límites claros para la participación de partidos con discursos que atenten contra los principios democráticos, en especial aquellos que promuevan el odio o la violencia.