Grilletes electrónicos: ¿En qué casos pueden ser utilizados?
El uso de este dispositivo estará restringido para personas que hayan cometido ciertos delitos
Varios meses después de su anuncio, el Gobierno publicó la ley que autoriza el uso de grilletes electrónicos para aquellas personas condenadas o procesadas para que puedan permanecer así en domicilios particulares y evitar el hacinamiento en las cárceles.
Sin embargo, no todos podrán tener acceso a los grilletes electrónicos pues la norma establece precisamente en qué casos podrán ser utilizados.
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Cabe indicar que en el caso de los procesados, solo se podrá hacer uso de grilletes electrónicos cuando la imputación se refiere a la presunta comisión de delitos con una pena no mayor a ocho años, mientras que en el caso de los condenados, aquellos que no tengan una sentencia condenatoria de más de ocho años de prisión.
Asimismo, serán excluidos aquellos condenados y procesados que hayan incurrido en los siguientes delitos:
- Parricidio, homicidio y feminicidio.
- Asesinato por sicariato o conspiración para promover dicho delito así como solicitar servicios o actuar como intermediario.
- Atentar contra el cuerpo, la vida y la salud y causar lesiones graves por violencia familiar.
- Secuestro
- Trata de personas en forma agravada
- Violación sexual (a menores de edad, personas indefensas) así como lesiones graves o seguidas de muerte por este delito.
- Actos contra el pudor en menores en formas agravadas
- Extorsión
- Fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos, producción y comercialización ilegal de armas químicas y sustracción y arrebato de armas de fuego o manipulación bajo efectos de droga y/o alcohol.
- Tráfico ilícito de drogas, comercialización y cultivo de hierbas alucinógenas y tráfico de insumos químicos fiscalizados en formas agravadas.
- Tráfico ilegal de residuos peligrosos
- Asociación ilícita para delinquir, marcaje o reglaje.
- Genocidio
- Desaparición forzada
- Atentado contra la integridad física
- Inteligencia desleal con Estado extranjero, revelación de secretos nacionales, espionaje, favorecimiento bélico, provocación pública a la desobediencia militar.
- Concusión y cobros indebidos
- Peculado doloso y culposo
- Malversación de fondos públicos
- Cohecho pasivo propio, sobornos y cohecho internacional pasivo
- Cohecho pasivo impropio
- Cohecho pasivo específico
- Corrupción pasiva de auxiliares jurisdiccionales
- Cohecho activo genérico
- Cohecho activo trasnacional
- Cohecho activo específico
- Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo
- Tráfico de influencias
- Enriquecimiento ilícito
Es necesario precisar que la aplicación de los grilletes electrónicos tampoco proceden para aquellos que tengan la condición de reincidentes o habituales; o cuando su internamiento sea a consecuencia de una revocatoria previa a alguna pena alternativa a la privativa de la libertad o conversión de penas en ejecución de condena.
Asimismo tendrán prioridad las personas mayores de 65 años, las que tengan enfermedad grave, acreditada con pericia médico legal, que tengan discapacidad física permanente que afecte sensiblemente su capacidad de desplazamiento, mujeres gestantes o con hijos menores de tres años, madres o padres que sean cabeza de su familia con hijos menores de edad o cónyuge enfermo.
También deberán presentar una solicitud para fundamentar su pedido, además de documentos que acrediten su domicilio, condiciones de vida personal, laboral, familiar o social, así como antecedentes judiciales y penales.