Hoy:

    ¿Cómo se divide tu sueldo si tienes hijos de distintas parejas?

    ¿Cuánto es el monto que se extrae de los ingresos del demandado por alimentos? ¿Qué hacer si no cumple con el pago? Te resolvemos estas y otras dudas

    ¿Cuánto es la cuota alimentaria para hijos de distintas madres?
    ¿Cuánto es la cuota alimentaria para hijos de distintas madres?

    Toda persona demanda por pensión de alimentos, debe cumplir con el pago mensual, establecido por un juez, para cubrir las necesidades de sus descendientes. Pero, ante la presencia de otros hijos pertenecientes a distintas madres, el porcentaje del sueldo correspondiente a la pensión, se fracciona.

    Pero, ¿cuánto es la pensión de alimentos para los hijos de distintas parejas?

    Una pensión de alimentos deben cubrir las necesidades de niños, niñas y adolescentes, los cuales giran en torno a, principalmente, vestimenta, educación, alimentos, salud, vivienda y recreación.

    De acuerdo a Frank Acevedo, abogado especialista en Derecho Civil y Familia, la cuota máxima que se puede embargar por alimentos es el equivalente al 60% de los ingresos de la madre o padre demandado por pensión de alimentos.

    Además, el demandado está obligado a cumplir con el pago del porcentaje no mayor al 60% de sus ingresos, establecidos en juicio, ya sea trabajador dependiente, independiente, con bienes, entre otros casos.

    ¿Qué pasa si tengo varios hijos con distintas parejas? 

    Acevedo afirma que la ley establece que todos los hijos son iguales, ya sean matrimoniales o extramatrimoniales. Por tal motivo, la pensión que se brinde a favor de cada uno, debe ser igual y proporcional.

    “Si son varios los hijos, lo que se le asigna a cada uno será ese porcentaje (60%) dividido en tantos números de hijos existan. Por ejemplo, si es uno, hasta el 60%; si son dos, hasta el 30% para cada uno; si son tres, hasta el 20% cada uno y así sucesivamente”, explica el abogado en este video.

    ¿Qué hacer si el demandado no cumple con la pensión de alimentos?

    Si la persona ya tiene un juicio de alimentos, ya sea una sentencia o conciliación, y aún así no paga; el representante del niño o adolescente puede empezar un juicio por alimentos, que incluso puede llegar a una denuncia penal. Al respecto, te compartimos la siguiente información:

    Asimismo, puedes inscribir al demandado por alimentos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), lo que permitirá enviar un reporte a las centrales de riesgo privadas y a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). De esta manera, toda su información quedará registrada y no podrán acceder a ningún financiamiento.

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