Policías recibirán 13.23 soles por hora durante servicios extraordinarios
Agentes pueden realizar determinadas labores durante sus vacaciones, días de franco o permisos
El personal policial que preste servicios policiales extraordinarios de manera voluntaria, encontrándose de vacaciones, permiso o franco, tiene derecho a percibir 13.23 soles por hora por parte del Ministerio del Interior, según norma publicada hoy en el diario oficial El Peruano.
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El Decreto Supremo N° 152-2017-EF del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) precisa que la entrega económica es percibida por el personal policial que preste servicios policiales extraordinarios, independientemente de la remuneración, bonificación o cualquier otra entrega de similar naturaleza que le pueda corresponder conforme al marco legal vigente.
Dicha entrega económica no tiene carácter remunerativo ni pensionable, no está sujeta a cargas sociales y no constituye base de cálculo para los beneficios sociales, según lo señalado en el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 006-2017.
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La implementación de esta entrega económica se efectuará a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, previo cumplimiento de lo dispuesto por la presente norma.
La misma señala que esta entrega económica se financia con cargo a los recursos que se perciban en el marco de los convenios que suscriba la Policía Nacional del Perú con las entidades del sector público y/o privado para la prestación de servicios policiales extraordinarios, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
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La norma aclara que esta entrega económica debe ser previamente registrada por el Ministerio del Interior, en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público – Aplicativo Informático, a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas.
Esta obligación está bajo responsabilidad administrativa, civil o penal del funcionario que lo otorgue, así como del personal policial en situación de actividad que lo reciba.
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La presente Resolución Suprema está refrendada por el primer vicepresidente y encargado de la Presidencia de la República, Martín Vizcarra, así como por los ministros de Economía, Alfredo Thorne y del Interior, Carlos Basombrío.