Hoy:

    Minedu: aprueban norma para garantizar la seguridad en los viajes de escolares

    Dispositivo establece que las empresas de transporte deben contar con autorización del MTC si los viajes son interprovinciales. Trayectos de más de 4 horas debe haber 2 conductores

    Dispositivo permitirá garantizar la seguridad en los viajes de los menores. Foto: ANDINA
    Dispositivo permitirá garantizar la seguridad en los viajes de los menores. Foto: ANDINA

    El Poder Ejecutivo aprobó la norma técnica “Orientaciones para la realización de viajes de estudiantes de Educación Básica en el periodo lectivo”, dispositivo que permitirá garantizar la seguridad en los viajes de escolares.

    Dicha norma técnica fue aprobada mediante la resolución viceministerial N° 271-2019-MINEDU publicada en el diario oficial El Peruano.

    La resolución incluye la figura del “responsable del viaje”, la cual recaerá sobre el directivo, docente o personal administrativo del colegio que presenta la iniciativa de viaje.

    El “responsable del viaje” elaborará el expediente para la aprobación del director del centro educativo, participa en el evento y verifica en el lugar de embarque la relación de los viajeros y el cumplimiento de las condiciones bajo las cuales se ha autorizado la actividad.

    El expediente debe contener, entre otros aspectos vinculados a la descripción del viaje y su fin pedagógico, el programa que detalle el itinerario de actividades y los encargados de cada una de estas, así como la relación de participantes, sus datos personales y las autorizaciones correspondientes.

    Este debe incluir los documentos que acrediten la idoneidad del proveedor del servicio y demuestren que la empresa de transporte cuenta con resolución de autorización vigente que la habilite a prestar el servicio otorgada por el MTC para el traslado a nivel nacional, o por los gobiernos regionales o provinciales, según corresponda.

    En caso de recurrir a los servicios de agencias de viajes o turismo, se debe acreditar que tengan inscripción vigente en el Directorio Nacional de los Prestadores de Servicios Turísticos Calificados del MINCETUR.

    Al director de la institución educativa le corresponde verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma, autorizar el expediente del viaje mediante resolución y remitir copia de todo lo establecido a la UGEL para que esta realice las acciones de supervisión correspondientes.

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