Hoy:

    Impuesto predial y arbitrios: Estos son los requisitos para exoneración o rebaja del tributo

    En el caso del impuesto predial se grava, o se aplica el tributo, al valor de los predios urbanos y rústicos, sobre la base del autovalúo, explica la Cámara de Comercio de Lima

    Indica que la recaudación, administración y fiscalización del impuesto predial corresponde a la municipalidad distrital donde se ubica el predio.
    Indica que la recaudación, administración y fiscalización del impuesto predial corresponde a la municipalidad distrital donde se ubica el predio.

    La Cámara de Comercio de Lima, a través del Centro legal, explica los requisitos para exoneración o rebaja del tributo

    Como se sabe, desde el primer mes del año, las municipalidades distritales empiezan a repartir los talonarios o cuponeras en las cuales se detalla cuánto debe pagar cada vecino por determinados tributos (impuesto predial y arbitrios).

    En el caso del impuesto predial se grava, o se aplica el tributo, al valor de los predios urbanos y rústicos, sobre la base del autovalúo, explica el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) a la Agencia Andina. 

    Detalla que el impuesto predial se calcula mediante una escala progresiva, considerando el valor del autovalúo dividido en unidades impositivas tributarias (UIT): 

    - Si el valor del autovalúo es hasta 15 UIT se pagará el 0.2% de dicho valor. 

    - Si el autovalúo está entre más de 15 UIT y 60 UIT se pagará el 0.6 %. 

    - Si el valor del autovalúo supera las 60 UIT, se pagará el 1 %. 

    Indica que la recaudación, administración y fiscalización del impuesto predial corresponde a la municipalidad distrital donde se ubica el predio.

    Descuento o exoneración 

    La CCL señala que, para el caso de impuesto predial, existe un beneficio para disminuir o exonerar el pago de este tributo municipal a los adultos mayores de 60 años. 

    Afirma que para acceder al descuento o exoneración del impuesto predial que beneficia a los adultos mayores de 60 años se tiene que deducir un monto equivalente a 50 UIT del valor de su autovalúo. 

    Es decir, que si el valor del autovalúo excede las 50 UIT se deberá pagar el impuesto predial solo por la diferencia restante. Cabe señalar que la UIT para el 2024 equivale a 5,150 soles.

    “Considerando que 50 UIT son 257,500 soles ese es el monto que un adulto mayor de 60 años puede deducir de su autovalúo en el 2024. Por lo tanto, si el autovalúo de la casa o el predio es de 257,500 soles no pagará el impuesto predial”, detalla la CCL. 

    “Pero si el valor del autovalúo es superior a los 257,500 soles el adulto mayor tendrá que pagar el impuesto predial considerando solo por lo que sobrepase ese monto”, añade.