Gobierno promulga ley sobre disposición de restos de terroristas
La norma, que el día de ayer fue aprobada en el Parlamento, hoy se publicó en edición extraordinaria en el diario El Peruano con la firma del presidente
En la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano se publicó la ley que incorpora el artículo 112-A a la Ley 26842, Ley General de Salud, a fin de establecer el destino de cadáveres de internos que venían cumpliendo condena por los delitos de traición a la patria o de terrorismo en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas.
Esta ley, que el día de ayer fue aprobada en el Parlamento, hoy se publicó en una edición extraordinaria con la firma del presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, quien antes de viajar a México la habría firmado.
En el artículo 2 de la Ley, en el que se incorpora el artículo 112-A a la Ley General de Salud, se indica lo siguiente: “en el caso del cadáver de un interno que iba cumpliendo condena con sentencia firme por los delitos de traición a la patria o de terrorismo, en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas, cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno, el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, dispone su cremación previa necropsia”.
“La Autoridad Sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y el Ministerio del Interior, ejecuta lo dispuesto en plazo máximo de 24 horas. La cremación se realiza en presencia de un representante del Ministerio Público, para fines de identificación, quien levanta el acta correspondiente”, también se lee.
Además, se explica lo siguiente: “El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dispone la dispersión de los restos cremados en tiempo y lugar de naturaleza reservada. En su ejecución contará con el apoyo del Ministerio del Interior”.