Hoy:

    Fiscalía plantea al Congreso mayor análisis de ley que modifica colaboración eficaz

    La Fiscalía reconoció el valor estratégico del proceso especial de colaboración eficaz para la determinación de responsabilidades penales en delitos graves

    Foto: Ministerio Público
    Foto: Ministerio Público

    El Ministerio Público planteó este viernes la necesidad de un “mayor análisis” y debate al proyecto de ley aprobado por el Pleno de Congreso de la República que busca modificar la colaboración eficaz.

    Este planteamiento se dio luego de la reunión de trabajo entre la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, y los fiscales superiores coordinadores de los subsistemas de fiscalías especializadas y equipos especiales.

    A través de Twitter, el Ministerio Público emitió un comunicado en el que reconoció el valor estratégico del proceso especial de colaboración eficaz para la determinación de responsabilidades penales en delitos graves.

    FORTALECER LA PERSECUCIÓN ESTRATÉGICA DEL DELITO

    En ese sentido, y en respeto de la separación de poderes, la fiscalía planteó un mayor análisis al proyecto de ley ya mencionado con el objetivo de "fortalecer la persecución estratégica del delito".

    "El Ministerio Público, respetando la separación de poderes y en la búsqueda de que las reformas normativas sirvan para fortalecer la persecución estratégica del delito con respeto de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, plantea la necesidad de un mayor análisis y debate del proyecto de ley aprobado por el Congreso de la República denominado "Ley que modifica los artículos 473, 476-A y 481-A del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de fortalecer el proceso especial por colaboración eficaz", indicó.

    PUNTOS QUE DEBEN EVALUARSE

    La Fiscalía acordó que debe evaluarse el plazo máximo de la fase de corroboración, el que deberá ser de 36 meses, siguiendo el plazo legal regulado en el artículo 342 del Código Procesal Penal. Excepcionalmente en casos de gran complejidad, se podría ampliar el plazo, previa autorización judicial.

    Asimismo, la declaración del colaborador ante el fiscal a cargo de la carpeta fiscal no requerirá registro en medios audiovisuales.

    Finalmente, debe mantenerse el término "colaborador" utilizado en el Código Procesal Penal y el Decreto Supremo N.º 007-2017-JUS que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1301, Decreto Legislativo que modifica el Código Procesal Penal para dotar de eficacia al proceso especial por colaboración eficaz, por lo que, no debería introducirse el término "aspirante".

    Imagen: Twitter/Ministerio Público.
    Imagen: Twitter/Ministerio Público.