Hoy:

    Si soy conviviente, ¿los bienes de mi pareja me pertenecen?

    ¿Qué derechos tienen los convivientes? ¿Cómo se reparten los bienes en una relación antes del matrimonio? Conoce los detalles sobre cómo formalizar una unión convivencial

    ¿Qué es la unión de hecho entre convivientes fuera del matrimonio?
    ¿Qué es la unión de hecho entre convivientes fuera del matrimonio?

    Si aún no has concretado un matrimonio, pero tienes más de dos años conviviendo con tu pareja, debes saber cuáles son los derechos que te corresponden por esta llamada “unión de hecho”, la cual necesita ser registrada jurídicamente para que tenga efecto.

    Pero, ¿qué es la unión de hecho y cómo se diferencia del matrimonio?

    De acuerdo a la legislación peruana, la unión de hecho es un reconocimiento mutuo y voluntario de la pareja, en torno a una convivencia que haya durado dos años, en lo mínimo. De esta manera, se obtienen derechos y deberes similares a los del matrimonio. 

    En cuanto a la repartición del patrimonio, solo cuando existe un reconocimiento de la unión de hecho, todos los bienes y rentas obtenidas durante la convivencia le pertenecen al hombre y a la mujer en partes iguales.

    Es decir, antes del matrimonio, si eres conviviente y existe una unión de hecho; al momento de comprar un bien, lo recomendable es que se establezca a tu nombre, con el fin de evitar disputas a futuro. 

    ¿Cuáles son mis derechos si soy conviviente?

    De acuerdo a la abogada, Rosa María Palacios, la Constitución también concede a los convivientes el derecho a establecer una sociedad de gananciales.

    Los requisitos para ello son la convivencia por dos años y que en ambas partes no exista impedimento legal para casarse. Por ejemplo, un hombre casado no puede generar una sociedad de gananciales con su actual pareja hasta que no se divorcie de su ex pareja.

    Entre otros derechos que se establecen dentro de una unión de hecho, se encuentran: 

    • Derecho de salud
    • Derechos de alimentos entre la pareja
    • Derechos sucesorios (en términos de herencias)
    • Tener la posibilidad de adoptar
    • Pensión de viudez

    Requisitos para solicitar la unión de hecho en una convivencia

    Para registrar tu convivencia como una unión de hecho, debes acudir a un notario público. Aquí se tramita la unión de acuerdo a los siguientes requisitos:

    • Solicitud que incluya los nombres y firmas de ambos solicitantes
    • Reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continua.
    • Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
    • Certificado domiciliario de los solicitantes.
    • Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más.
    • Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el Registro de Personas Naturales de la oficina registral donde se domicilian los solicitantes.
    • Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.

    En el caso de solicitar la inscripción de unión de hecho a través de la vía judicial, se deberá presentar lo siguiente:

    • Parte que contiene el oficio del juez
    • Adjuntar copias de la sentencia, certificadas por un auxiliar jurisdiccional, y la resolución que la declara consentida
    • El DNI de los convivientes

    ¿Cómo registrar tu convivencia o unión de hecho en la Sunarp?

    Según la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), este mecanismo es el más efectivo para establecer con exactitud los bienes, inmuebles muebles e inmuebles obtenidos durante la relación. De esta manera, si la pareja decide separarse, se puede evitar una injusta redistribución de los bienes.

    Por ello, completados los requisitos anteriormente mencionados, el notario mandará a publicar un extracto de la solicitud en el diario oficial El Peruano y en otro diario de amplia circulación. De acuerdo al portal LP-Pasión por el Derecho: 

    “Transcurridos 15 días útiles desde la publicación del último aviso, y si no se hubiera formulado ninguna oposición, el notario extenderá la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes y lo remitirá al Registro de Personas Naturales de la Sunarp del lugar donde estos domicilian para su respectiva inscripción”, señalan. 

    El costo de inscripción en la Sunarp es de S/. 20.00 y el plazo de inscripción son siete días hábiles. Tomar en cuenta que los gastos notariales no están incluidos y estos varían de acuerdo a la notaría elegida.

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