COVID-19: Gobierno amplió estado de emergencia hasta el 31 de agosto
La ampliación fue establecida mediante decreto supremo
El Gobierno prorrogó el estado de emergencia nacional por el plazo de 31 días calendario a partir del 1 de agosto, debido a las circunstancias que enfrenta el país por la pandemia de la COVID-19.
La ampliación fue establecida mediante el Decreto Supremo Nº 131-2021-PCM, publicado en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
Durante la prórroga queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas velarán por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del estado de emergencia nacional, conforme a la normativa vigente.
La norma precisa, además, el nivel de alerta por provincia y departamentos:
- Nivel de alerta moderado por departamento: Huánuco, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Piura y Ucayali.
- Nivel de alerta alto por departamento: Amazonas, Áncash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Pasco, Puno, San Martín, Tumbes y provincia constitucional del Callao.
- Nivel de alerta muy alto por departamento: Arequipa, Moquegua y Tacna. Ninguna provincia se encuentra en nivel de alerta extremo, como anunció el último miércoles el Ejecutivo.
Toque de queda y uso de vehículos
Hasta el 8 de agosto, se dispone la inmovilización social obligatoria (toque de queda) de todas las personas en sus domicilios, según el nivel de alerta por provincia y departamento.
Para el nivel de alerta moderado y alto: de lunes a domingo desde las 0:00 horas hasta las 4:00 horas; en el caso de nivel de alerta muy alto: de lunes a domingo desde las 10:00 p. m. hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Se permitirá el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud, así como para la adquisición de medicamentos y para participar en el proceso de vacunación (incluyendo a un acompañante).
Asimismo, hasta el 8 de agosto se dispone la prohibición del uso de vehículos particulares los domingos para las jurisdicciones con nivel de alerta muy alto y extremo.
En jurisdicciones como Lima y el Callao, que se encuentran en nivel alto, sí se podrá usar vehículos los domingos hasta la mencionada fecha.