CAL sobre Orellana: “Está habilitado para trabajar, pero dentro del ámbito del INPE”

Este rol debe de ser limitado y menos debería de brindarse este servicio dentro del penal, dijo la decana del CAL

Rodolfo Orellana. Foto: El Comercio

La decana del Colegio de Abogados de Lima, María Elena Portocarrero, se refirió sobre el caso de Rodolfo Orellana. Se supo que el Poder Judicial ordenó disponer un ambiente para que Orellana ejerza como abogado, mientras cumple condena en el penal de Challapalca.

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Al respecto, Portocarrero manifestó que es cierto que una persona tiene derecho a laborar, pero que ese derecho laboral debe estar restringido a lo que establece el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

“Yo creo que hay parámetros de restricción con respecto a las libertades. Si bien es cierto, el individuo que está dentro del establecimiento penitenciario está privado de su libertad y de algunos derechos, también está habilitado para trabajar, pero dentro del ámbito que señala el INPE”, explicó.

 “Y el INPE pone claramente que hay ciertas labores que puede desempeñar y dentro de estas labores creo que ejecutar el ámbito del ejercicio profesional de abogado no está contemplado.

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Recordemos que, la decisión se tomó tras la orden dada por el Poder Judicial. Se explicó que Orellana no cuenta con una oficina como tal, pero la disposición contempla que se le provea de un ambiente donde pueda atender a sus eventuales clientes.

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