Hoy:

    Bono por suspensión perfecta: Conoce los 4 requisitos para acceder al subsidio

    El asesor del Ministerio de Trabajo, Enrique Arias, también dio detalles sobre el proceso para cobrarlo

    Suspensión perfecta de labores. Foto: Andina

    Los trabajadores que están o estuvieron en suspensión perfecta de labores podrán acceder, desde este 3 de agosto, al bono de 760 soles que dio el Gobierno para paliar los efectos negativos generados en su economía.

    El asesor del viceministro de Trabajo, Enrique Arias, explicó en Canal N que existen 4 requisitos para que los trabajadores puedan acceder a este nuevo subsidio planteado por el Ejecutivo.

    1. Haber sido o ser trabajadores de empresas que han estado incluidas en suspensión perfecta de labores y que cuentan con la resolución aprobatoria de la autoridad de trabajo. 

    2. El vínculo laboral debe ser con una empresa de hasta 100 trabajadores como máximo.

    3. La remuneración bruta que recibía el empleado debe ser de hasta 2400 soles como máximo al mes.

    4. El trabajador ni sus familiares deben haber sido beneficiarios de otros bonos que entregó el Estado durante la pandemia (quédate en casa, bono universal familiar, etc).

    Arias explicó el método que seguirá el Gobierno para hacer entrega de este monto de dinero a quienes califiquen para recibirlo.

    Dijo que el bono irá directamente a una cuenta del trabajador. Este debe entrar a la plataforma de Essalud y ahí colocar sus datos y una cuenta bancaria.

    "Ahí (en la cuenta consignada) Essalud le depositará los 760 soles por cada mes que haya durado la suspensión", mencionó el asesor a Canal N.

    Explicó también que la suspensión perfecta de labores es un procedimiento que aprueba por la autoridad competente a través de una resolución, a la empresa que la solicita en caso cumpla los requisitos de ley.

    En caso la empresa haya solicitado acogerse a esta modalidad y no haya recibido respuesta, se considera que la resolución del Ministerio de Trabajo es "aprobatoria", mencionó.

    Pero hay una salvedad: "De ninguna manera la suspensión puede haber sido de manera unilateral, impuesta por la voluntad del empleador", dijo.

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