Mi esposo tiene un hijo fuera del matrimonio: ¿Qué derechos tiene?
¿Tiene los mismos derechos que un hijo dentro del matrimonio? ¿Es necesario que el padre lo reconozca? Un juez de familia te explica cómo se desarrolla este proceso según la ley
Si te enteras de que tu esposo tiene uno o más hijos fuera del matrimonio, te puedes preguntar cómo está situación puede impactar en tu familia y en los derechos de tus propios hijos. Sin embargo, la ley siempre va a respaldar la integridad de todo menor de edad.
¿Un hijo extramatrimonial tiene los mismos derechos que un hijo dentro del matrimonio?
Percy Colonio, Juez de Familia de la Corte Superior de Justicia de la Selva Central, explica si existe un hijo o hija fuera del matrimonio y obtiene el reconocimiento del padre, entonces, es una prueba de filiación. Por lo tanto, tiene los mismos derechos que un hijo matrimonial.
“En realidad, hoy en día está prohibido incluso categorizarlos, como hijo bastardo, etc. Sea hijo matrimonial o extramatrimonial, tienen los mismos derechos constitucionales y legales respecto al papá o a la mamá, independientemente de que ellos estén vivos o muertos”, indica el especialista en una entrevista para Plataforma Judicial del Poder Judicial del Perú.
Asimismo, según el Art. N°6 del Código de los Niños y Adolescentes, todo menor tiene derecho a conocer a sus padres y llevar sus apellidos, por ende tener una identidad; lo que se garantiza con la filiación.
“Al tener la filiación matrimonial o extramatrimonial, le estás garantizando justamente la igualdad de derechos, respecto al papá o a la mamá, no solamente el derecho alimentario sino también derechos sucesorios, por ejemplo”, agrega Colonio.
¿Qué pasa si el padre no quiere reconocer al hijo fuera del matrimonio?
Lo que tiene que hacer la madre afectada es iniciar una demanda llamada “Declaración Judicial de paternidad extramatrimonial”, que es un proceso especial donde se solicita la declaración de un Juez de Paz Letrado al respecto.
Dentro de este proceso, se le pide al demandado una prueba de ADN y sobre la base del resultado, el juez podrá declarar la paternidad y, por ende, ordenará la inscripción del menor, como hijo del demandado o la demanda será infundada y la rechazará, si el resultado es negativo.
¿Qué hace el juzgado si el padre no se presenta al juicio o no responde a la demanda?
“Si el demandado no formula oposición al mandato declarativo de paternidad extramatrimonial en el plazo de 10 días; simplemente el juez, en reemplazo del demandado, declara al menor como hijo del demandado y ordena la inscripción registral”, asegura Colonio.
Cabe resaltar que la condición para que se dé este caso es que el demandado sea válidamente notificado y aún así no se responda. Por el contrario, si él quiere asumir su derecho de defensa, tiene la posibilidad de formular oposición y someterse a la prueba de ADN, el cual su pago es asumido por él mismo.