¿Cómo solicitar pena de cárcel para una persona que no paga alimentos?
¿Cuándo años de cárcel puede recibir la persona que no pasa alimentos? Estos son los requisitos que debes tomar en cuenta si quieres denunciar penalmente a quien incumple con la pensión para tus hijos
Muchos padres o madres de familia no cumplen con la pensión de alimentos, a pesar de existir una orden judicial, y piensan que no existen consecuencias, más allá de dejar desamparados a sus propios hijos. Pero, en realidad, pueden recibir una pena de cárcel.
¿Cuántos años puede ir a la cárcel una persona que no paga alimentos?
De acuerdo al portal de Villanueva y Soto Abogados, este delito se configura como una Omisión de Prestación de Alimentos, por el cual un legislador puede sancionar a la persona que no cumple con dicho pago con hasta un máximo de 6 años de pena privativa de libertad.
Incluso, esta pena de cárcel puede venir acompañada de prestaciones de servicio comunitario de 20 a 52 jornadas.
Requisitos para solicitar cárcel contra una persona que no paga alimentos
Para realizar una denuncia penal por omisión de pagos de alimentos, debes tener en cuenta lo siguiente:
1) Existencia de un proceso judicial de alimentos previo: Es decir, un juez debe haber emitido una sentencia, en donde determine la cantidad de dinero a pagar mensualmente. De esta manera se podrá conocer la deuda de alimentos acumulatoria.
2) Existencia de una liquidación firme de pensiones de alimentos devengadas pero no pagadas: “Esta liquidación de devengados, resulta de la multiplicación de la pensión establecida por el número de meses transcurridos desde que se ingresó la demanda de alimentos”, señalan en el portal mencionado.
3) Requerimiento en el proceso de alimentos al demandado para el pago de esa liquidación de devengados:
Que no se haya pagado la liquidación de devengados en forma completa dentro del plazo previsto por el juez para dicho pago. Por ende, que el juez le realice un requerimiento formal bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de “Omisión de prestación de alimentos”
Es muy importante este último requisito, puesto a que se necesita que el juez, en su orden judicial, señale expresamente el apercibimiento de denuncia penal. Por ello, si aún así el deudor alimentario no realiza el pago, procede el proceso penal.
Finalmente, a solicitud de tu abogado, el juez remitirá copia del expediente a la Fiscalía Penal de Turno, formulando la denuncia correspondiente. Ante ese acto, tu solicitud pasa al ámbito penal con posibilidad de condena de cárcel para el deudor.
Recuerda que el juez penal será el encargado de programar una audiencia, donde existe la posibilidad de que el denunciado pague lo solicitado o se comprometa a hacerlo en un tiempo determinado legalmente. Si este es el caso, el juez puede dictar una pena que no sea efectiva. Pero, si el procesado no cumple, la pena podría convertirse en efectiva.