Hoy:

    Sunafil sancionó a 350 empresas por no pagar gratificaciones a tiempo

    El ente supervisor recordó que el próximo 15 de julio es la fecha límite para abonar este beneficio laboral

    Empresas tienen hasta el 15 de julio para pagar gratificaciones. Foto: La República.
    Empresas tienen hasta el 15 de julio para pagar gratificaciones. Foto: La República.

    En lo que va del año, más de 350 empresas de todo el país han sido sancionadas por haber incumplido con el pago a tiempo de las gratificaciones, informó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

    [LEE: Trabajadores en planilla que ganen menos de S/.27,650 anuales no pagarán IR​]

    "En lo que va del presente año, se han realizado más de 5 700 acciones de fiscalización para supervisar el pago de los montos y fechas correspondientes a las gratificaciones", precisó el ente supervisor.

    Desde el inicio de funciones de la Sunafil, en abril del 2014, hasta la fecha, se han realizado un total de 23 358 fiscalizaciones y 1 552 orientaciones respecto de las gratificaciones.

    En ese sentido, la Sunafil recordó que  el próximo 15 de julio vence el plazo para que los empleadores abonen a sus trabajadores del régimen laboral de la actividad privada las gratificaciones por Fiestas Patrias.

    [LEE: Congresistas recibieron S/.1500 más aparte de sueldo y gratificación]

    Las multas por no pagar este beneficio oscilan entre los 3 950 soles hasta 197 500 soles, dependiendo del tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados; es una infracción grave en materia de relaciones laborales.

    Mediante este derecho laboral se le otorga al trabajador una remuneración adicional por Fiestas Patrias y Navidad y, en ambos casos, deberá pagarse durante los primeros quince días de los meses de julio y diciembre de cada año.

    [LEE: ¿Qué hacer si no le pagan su gratificación?]

    En el régimen de la pequeña empresa, así como en el régimen laboral de los trabajadores del hogar, se pagan las dos gratificaciones anuales, cada una equivalente al 50% de una remuneración mensual. En el régimen laboral del sector Agrario, el monto que corresponde se incluye en la remuneración diaria que los trabajadores perciben.