Reniec apeló decisión judicial que reconoció paternidad por vientre de alquiler
Según vocero de la institución, la filiación emocional no está legislada y por tanto no la reconocen
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), apeló recientemente a la decisión judicial que determinó reconocer la paternidad a una pareja que alquiló un vientre. Benito Portocarrero, vocero de la institución, se pronunció al respecto.
Según explicó, "(hay una) filiación emocional sin embargo en la legislación peruana esto no existe", tras esto añadió que "el vientre de alquiler, o lo que se llama reproducción subrogada, no existe, lo que existe es una norma sobre reproducción asistida".
La historia se remonta a enero del 2005 cuando "FN" y la señora "AB" contrajeron matrimonio. Luego de algunos años, al no poder tener hijos, recurrieron a la fertilización in vitro, práctica médica que esta normada; sin embargo en el caso de la pareja tal procedimiento no tuvo éxito, por lo que le pidieron a una amistad que gestara al bebé.
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El detalle radica en que el cigoto fue formado por los espermatozoides de "FN" pero con los óvulos de una donante anónima; es decir la amiga solo gestó el embarazo, pero no aportó ninguna carga genética. De ahí el problema para el certificado de nacido vivo.
Portocarrero ratificó que "el derecho del niño a la identidad está totalmente garantizado con la emisión de la partida de nacimiento según las normas y las reglas que existen en el Perú”. La pareja pidió al Reniec la rectificación de las actas para que reconocieran como padres a "FN" y "AB" y no a la amiga que prestó el vientre pero la institución lo declaró improcedente.
Posteriormente la pareja interpuso una demanda ante el Poder Judicial argumentando que se vulneró el derecho a la identidad de los mellizos recién nacidos y el Quinto Juzgado Constitucional de Lima les dio la razón. El vocero apuntó además que "si en el Congreso se cambia la legislación, reconoce lo que es filiación emocional, el Reniec también lo aceptará".