Juez Urbina: “Municipio interpretó de forma tendenciosa donación de terreno”
Dijo además hay varios indicios de la "perpetración de varios delitos contra la fe pública" y notificó al Ministerio Público para que investigue.
Lima.
El juez Malzon Urbina, titular del 56 Juzgado Penal de Lima, dijo que la Municipalidad de Lima “ha inobservado el debido proceso” al desalojar La Parada y que su procurador, sabiendo esto, “ha hecho todos los esfuerzos” por evitar el fallo sobre el Habeas Corpus interpuesto por los comerciantes.
Urbina, quien falló a favor de los comerciantes, dijo que la donación del terreno por parte de la familia Cánepa Caycho “constituye un contrato obligatorio para las partes”, en el que se estableció en la cláusula segunda “que el terreno era donado para el funcionamiento de un mercado mayorista, un mercado minorista y la apertura de calles pertinentes”.
El magistrado señaló además que la sexta clausula, en la que se sustenta el reclamo de la Municipalidad, “es irrelevante”, pues la Municipalidad de Lima aceptaba la donación conforme a las clausulas anteriores, y que esta cláusula sólo servía para aclarar que al tratarse de “una donación para fines de necesidad pública”, se exoneraba del pago de la alcabala.
Urbina consideró que esta cláusula fue interpretada de manera tendenciosa por los funcionarios “arrastrados por la situación política y frente a los apremios del caso”. Añadió que por esta razón “todo lo actuado en La Parada tiene origen fraudulento” y que por eso está remitiendo copias al Ministerio Público para que los fiscales procedan según sus atribuciones para investigar los delitos contra la fe pública.