Hoy:

    #FiestaDeLaPatria: Condenarán hasta con cuatro años de prisión a quien ofenda a símbolos y próceres del Perú

    Para que se configure el delito debe constarse que hubo una intención de menosprecio, ofensa o vilipendio, además, que ese acto se realizó de manera pública

    Foto: Andina
    Foto: Andina

    La persona o personas que ofenden, ultrajan o menosprecian de manera pública los símbolos patrios, así como la memoria de los héroes o próceres del Perú, serán condenados a una pena máxima de cuatro años de prisión, así como el pago de 60 a 180 días multa.

    Así lo manifestó el juez supremo Ricardo Brousset, quien aclaró que para que se configure el delito debe constarse que hubo una intención de menosprecio, ofensa o vilipendio, además, que ese acto se realizó de manera pública, con la presencia de varias personas, o su difundió en los medios de comunicación.

    “Este menosprecio, vilipendio o ultraje debe darse de manera pública, de tal manera que sea escuchado por varias personas, o que se difunda por un medio de comunicación. Y el contenido tiene que ser de ofensa”, dijo.

    El magistrado añadió también que la ley contempla como delito de ofensa a los símbolos patrios la publicación distorsionada del mapa del país o con las fronteras alteradas.

    “Este hecho de menosprecio al mapa o con el objetivo de generar conflictos con otro país vecino es considerado delito de ofensa o ultraje a los símbolos patrios”, agregó.

    QUEMA DE BANDERA ES DELITO

    Además, dentro de este delito se incluye arrojar, quemar o pisar la bandera, así como también distorsionar el himno nacional introduciendo frases ofensivas.

    En esa misma línea, Brousset recordó que en el artículo 344 del Código Penal se sanciona también con cuatro años de prisión a quien o quienes utilizan con fines de menosprecio prendas de vestir con la figura de los símbolos patrios o de los próceres o héroes de la patria.

    “En este caso, quien altera e intercala elementos extraños con fines de menospreciar un símbolo patrio, héroe o prócer de patria también es considerado un hecho doloso”, agregó.

    También afirmó que cualquier ciudadano puede denunciar este hecho, sin embargo, señaló que la institución encargada para hacer seguimiento del mismo es la procuraduría del Ministerio de Defensa.

    “Correspondería, pues, a la procuraduría pública del sector defensa el apersonarse como parte civil para el cobro de la reparación”, remarcó.

    SANCIONES ADMINISTRATIVAS

    Por último, advirtió que el Estado peruano contempla también sanciones administrativas contra quienes no izan la bandera o la utilizan de manera inapropiada (desgastada o rota).

    “Este hecho es considerado inapropiado, pero está lejos de ser considerado delito. No hay una ofensa sino un acto impropio que tiene castigo administrativo. Salvo que se muestre una bandera rota como forma de desprecio”, aclaró.