Ejecutivo autoriza inicio de clases presenciales en zonas rurales desde el 1 de julio
El inicio de clases presenciales será en algunas zonas rurales con limitado acceso a medios de comunicación y conectividad y se registren nivel nulo de contagio por coronavirus
El Ejecutivo autorizó desde el 1 de julio, de manera excepcional, el inicio de clases presenciales en las instituciones educativas públicas de educación básica de los niveles primaria y secundaria, ubicadas en las zonas rurales del país.
Mediante la resolución ministerial N°229-2020-MINEDU publicada en El Peruano, la autorización se dará a los colegios con limitado acceso a medios de comunicación y conectividad, y en donde se registre nulo el nivel de contagio de coronavirus.
Las Direcciones Regionales de Educación informarán al Ministerio de Educación sobre las autorizaciones concedidas y la verificación del cumplimiento de las condiciones mínimas establecidas.
Las autoridades locales y comunales pueden solicitar la apertura de los colegios ante el director de la institución educativa o ante la Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente.
Para el inicio de la prestación presencial del servicio educativo, la Unidades de Gestión Educativa Local y las Direcciones Regionales de Educación deben verificar el cumplimiento obligatorio de cada una de las condiciones mínimas indicadas en la resolución.
El Minedu aprueba el protocolo de retorno al servicio educativo presencial para brindar el servicio educativo presencial en emergencia sanitaria en las zonas rurales, el cual se prestará de manera flexible en su frecuencia y duración, atendiendo a los requerimientos de prevención de la pandemia y tomando en cuenta las condiciones establecidas en esta norma.
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