¿Qué pasa con el dinero de tu CTS si falleces y a quién se le entrega?
Especialistas y un abogado laboral te explican cuál es el trámite para cobrar la CTS de una persona fallecida, cuál es el plazo y cómo calcular el monto que se depositará este mes
Este 17 de mayo, las empresas tienen como plazo máximo para que las empresas depositen la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Si bien se puede disponer hasta del 100% de este dinero, es importante recordarte que es un seguro de desempleo.
Pero, ¿qué pasa con el dinero de tu CTS si falleces?
Ante el fallecimiento del trabajador, el empleador o empresa para la que trabaja debe entregar a la entidad depositaria de la CTS (comúnmente el banco que eligió el trabajador) el importe de este beneficio, dentro de las 48 horas de notificado o de haber tomado conocimiento del deceso.
¿A quién o quiénes se le entrega el dinero de la CTS del trabajador fallecido?
Brian Ávalos, laboralista del estudio Payet, explicó a Gestion.pe que, la ley faculta a otorgarle a la esposa o esposo del colaborador, el 50% del total de la CTS como adelanto y el otro 50% del total, se entregará a los herederos o mediante Sucesión Intestada (sucesión que se da en caso de inexistencia o invalidez de testamento del fallecido). Este trámite puede durar entre 3 a 6 meses.
¿Qué pasa si el trabajador era soltero?
“Para los trabajadores que son solteros no se les otorgará el 50% de la CTS a sus familiares. Sólo tendría que esperar a la Sucesión Intestada para liberar la Compensación por Tiempo de Servicio”, agregó el abogado del estudio Payet.
Trámite para cobrar la CTS de un fallecido
El portal asociado a la Cámara de Comercio de Lima indica que, conforme a los artículos 54° y 55° del D.S. 001-97-TR, el o la cónyugue de una persona fallecida debe presentar ante el banco la partida de defunción, de matrimonio, la constancia de cese por fallecimiento y su DNI. El 50% restante será retirado por los herederos, según el testamento o el auto de declaratoria de herederos.
¿Cómo saber cuánto recibirás de CTS este 2021?
Para el depósito hasta el 17 de mayo, se toma en cuenta el sueldo del trabajador al 30 de abril de 2021, al que debe agregarse una sexta parte de la gratificación percibida en diciembre de 2020. Por ejemplo, si el sueldo de abril fue de S/ 3.000 y el sexto de la gratificación de diciembre fue S/ 500, la remuneración computable a considerar para el próximo depósito de la CTS será de S/ 3.500.
Respecto al monto de la CTS, si el trabajador laboró los 6 meses del periodo a depositar, recibirá el 50% de su remuneración computable. En el caso anterior, si su remuneración computable es S/ 3.500, el 50% a depositar será S/ 1.750.
¿Quiénes tienen derecho a recibir la CTS?
Todos los trabajadores de la actividad privada y también algunos del sector público que están regidos por la ley 728 - SERVIR tienen derecho a percibir la CTS.
El abogado laboralista, Brian Ávalos, dijo que para ello, se requiere que el trabajador tenga un mes para hacerle el depósito de ese periodo. De no tenerlo, se va para el siguiente semestre.
Los excluidos de este beneficio laboral son los trabajadores de la microempresa y el régimen CAS. “Las trabajadoras del hogar, solo tienen un porcentaje de la CTS, que es la mitad de su remuneración o quince días, añadió el especialista.