¿Cómo se aplica el periodo de lactancia en Perú?

Conoce cuántas horas de lactancia se dan en caso de parto múltiple, en qué casos los centros de trabajo deben contar con lactarios y otros datos más

Lo que debes saber sobre el periodo de lactancia en Perú
Lo que debes saber sobre el periodo de lactancia en Perú

En el Perú, todas las madres que trabajan en instituciones públicas y privadas tienen derecho a tener el tiempo y espacio adecuado para una óptima lactancia materna. La licencia por maternidad, uso de lactarios y permiso durante la jornada laboral permiten las condiciones necesarias para que las mujeres puedan brindar leche materna a sus bebés.

Días de descanso por lactancia en Perú

Luego de que el bebé nace, las madres tienen 49 días de descanso postnatal según la Ley Nº 30367. Este tiempo puede aumentar si se decide acumularlo de manera parcial o total con los 49 días de descanso prenatal.  Este periodo facilita la lactancia materna exclusiva en casa.

Cabe indicar que el empleador debe ser comunicado con una antelación no menor de dos meses a la fecha probable de parto. 

¿Cómo se aplica el periodo de lactancia en Perú?

Las madres en periodo de lactancia pueden disponer de una hora diaria de permiso para dar de lactar a sus hijos hasta que cumplan un año. En caso de parto múltiple, el permiso se incrementará una hora más al día. La Ley N°27240 contempla que dichas horas se consideren como efectivamente laboradas y produzcan todos los efectos legales.

Aquellos centros de trabajo donde laboren 20 o más mujeres en edad fértil deben contar con lactarios especialmente acondicionados para que las madres trabajadoras puedan extraer su leche materna durante el horario laboral, asegurando su adecuada conservación. Según la Ley N°29896, el incumplimiento de esta disposición conllevaría la comisión de una infracción grave, sancionable con multa de hasta 22.5 UIT (S/. 99,000).

“Es importante que estas normas que protegen a las madres trabajadoras sean difundidas para que ellas sepan hacer valer sus derechos y para que los empleadores las cumplan evitando caer en graves sanciones”, aporta la especialista de Aguirre Abogados y Asesores.

El uso del derecho de permiso durante la jornada laboral de una hora diaria no exime el uso del derecho a la utilización del lactario institucional. La madre trabajadora también está protegida contra el despido arbitrario en caso este se produzca en cualquier momento de la gestación o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento.

¿En qué casos una empresa debe contar con un lactario?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recuerda que todos los empleadores están llamados a promover la lactancia materna y por ello, deben implementar un lactario de acuerdo a la norma. 

Basta que en un centro de trabajo laboren 20 o más mujeres en edad fértil, es decir, desde los 15 hasta los 49 años de edad, para que cumplan con la implementación de este espacio, que busca conciliar la vida familiar de las mujeres, con la laboral. 

Ubicación y características que debe tener un lactario 

El lactario es un ambiente para que las madres trabajadoras extraigan su leche materna, durante el horario de trabajo, asegurando su adecuada conservación. Es por eso que debe estar alejado de áreas peligrosas, contaminadas, u otras que impliquen un riesgo para la salud e integridad de las personas. 

Las características que deben presentar los lactarios son las siguientes:

  • Contar con un mínimo de 7.5 metros cuadrados, contar con privacidad valiéndose de cortinas o persianas, biombos, separadores de ambientes, entre otros. 
  • También se recuerda que el ambiente debe ser cómodo, presentar una adecuada ventilación e iluminación y, como elementos mínimos, debe tener dos mesas, dos sillas o sillones con abrazaderas, dispensadores de papel toalla, dispensadores de jabón líquido, y depósitos con tapa para desechos, entre otros elementos. 
  • Asimismo, debe contener una refrigeradora o frigobar para la conservación exclusiva de la leche materna. Los empleadores deben considerar que haya un lavabo o dispensador de agua potable que permita el lavado de manos, a fin de garantizar la higiene durante el proceso de extracción de la leche materna. Por último, es importante que esté ubicado en un lugar accesible para las usuarias, de preferencia en el primer o segundo nivel de la empresa.

El despido arbitrario y descanso por gestación

En el 2015 se promulgó la Ley N°30367 que protege a la madre trabajadora contra el despido arbitrario y prolonga su periodo de descanso. Esta norma extendió el descanso pre y post natal a 98 días, disponiendo que la trabajadora decida tomarlo de manera diferida, parcial o totalmente.

La mencionada ley fue modificada recientemente, con lo cual el despido será también considerado nulo por motivo del “embarazo, el nacimiento y sus consecuencias o la lactancia, si el despido se produce en cualquier momento del periodo de gestación o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento.” Dicha nulidad será aplicada en el caso de tales trabajadoras que se encuentren en periodo de prueba o con contratos a tiempo parcial.

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