Hoy:

    ¿Quiénes tienen derecho a la gratificación en tiempos de COVID-19?

    ¿Todos los trabajadores tienen derecho a la gratificación? ¿Qué hacer si no recibes este aguinaldo de julio? Un abogado laboralista responde a estas preguntas

    ¿Qué hacer si no te pagan este beneficio?
    ¿Qué hacer si no te pagan este beneficio?

    La gratificación es un beneficio económico que se otorga a los trabajadores en los meses de julio y diciembre. Esto se cumple siempre y cuando se haya prestado servicios a la empresa durante un semestre completo.

    En el escenario actual, de la pandemia por la Covid-19, muchas empresas han visto un recorte en sus ganancias y esto podría afectar los beneficios de sus empleados.

    El abogado laboralista Tino Vargas Raschio, de la consultora Compliance Laboral, declaró en entrevista con "Útil e Interesante" que no todos los trabajadores tienen derecho a la gratificación completa. 

    "Los trabajadores de la mediana empresa recibirán media gratificación, mientras que los de la micro empresa, el beneficio es menor", explicó.

    (((Escucha aquí la entrevista a  Tino Vargas Raschio)))

    Si la empresa sustenta que realmente no puede cumplir con el pago de la gratificación a tiempo regular, se debe firmar un acuerdo. Una opción es realizar el pago de este beneficio de forma fraccionaria o mediante pagos diferidos. 

    Lo importante es que ambas partes estén de acuerdo y que no se toma una decisión unilateral. 

    ¿Quienes tienen derecho al pago de la gratificación en tiempos de Covid-19?

    ¿Dónde poner la denuncia por un recorte de pago?
    El trabajador puede hacer la denuncia por la Superintendencia de Fiscalización Laboral (SUNAFIL). Esta entidad dará un tiempo para reconocer que el pago no se realizó y establecerá un plazo para que se regularice. 

    Otra opción, es presentar la carta de cese de actos de hostilidad, por la falta de pago oportuna de la gratificación. Y la última instancia es acudir al Poder Judicial.

    Recuerda que el 29 de julio los trabajadores deberán de presentar sus servicios de manera habitual y esto no será considerado como un dia de compensación atribuible a la licencia con goce de haber. 

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