Hoy:

    EE.UU.: Maryland también bloquea nuevo decreto migratorio de Trump

    El fallo de Maryland fue decretado por el juez Theodore D. Chuang y se centró en la suspensión de la emisión de visas para los ciudadanos de seis países de mayoría musulmana

    Donald Trump. (Vía: AFP)
    Donald Trump. (Vía: AFP)

    Un juez federal de Maryland bloqueó hoy temporalmente el nuevo veto migratorio del presidente, Donald Trump, horas después de que otro juez en Hawai hiciese lo mismo antes de su entrada en vigor prevista para la pasada medianoche.

    El fallo de Maryland fue decretado por el juez Theodore D. Chuang y se centró en una de las partes del veto migratorio de Trump, la suspensión de la emisión de visas para los ciudadanos de seis países de mayoría musulmana (Irán, Somalia, Sudán, Siria, Yemen y Libia).

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    Chuang subrayó que este veto supone "la puesta en práctica de la largamente anticipada prohibición a los musulmanes" y justificó su decisión por los comentarios realizados por Trump durante su campaña electoral.

    La decisión de Maryland se añade a la del magistrado Derrick K. Watson, con sede en Honolulu (Hawai), y deja por el momento sin efecto la medida con la que Trump pretendía suspender la entrada al país de inmigrantes de los seis países y de todos los refugiados.

    Estos fallos judiciales supone un segundo revés legal para el Gobierno de Trump, que ya vio como la Justicia bloqueaba a principios de febrero su primer veto.

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    Poco después de conocerse el bloqueo del juez de Hawai, el presidente de EEUU calificó la decisión en un mitin en Nashville (Tennesee) anoche como "terrible" y agregó que "es, en opinión de muchos, una extralimitación judicial sin precedentes".

    Tras una breve pero infructuosa batalla legal, Trump presentó el 6 de marzo una versión revisada del veto, en la que introdujo algunos cambios rebajando el tono de la medida con el convencimiento de que esta vez evitaría el escrutinio judicial.

    El nuevo veto migratorio suspendía durante 120 días el programa de acogida a refugiados y durante 90 la entrada de ciudadanos procedentes de Irán, Somalia, Sudán, Siria, Yemen y Libia.

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    A diferencia de la primera orden, la medida dejaba fuera a los ciudadanos de Irak y modifica la provisión sobre los refugiados sirios, que tendrán prohibida su entrada al país durante 120 días y no de manera indefinida, como establecía el veto original. EFE