Congreso: Publican ley que declara el 7 de junio como feriado nacional
La norma, que está refrendada por el presidente del Congreso, José Williams Zapata, señala que el feriado nacional no laborable y remunerado establecido en esta ley comprende a todas las instituciones y entidades públicas del país
El Congreso de la República publicó hoy, en el diario oficial El Peruano, el proyecto de ley que declara como feriado nacional el 7 de junio, Día de la Batalla de Arica y Día de la Bandera del Perú.
Dicha Ley Nº 31788 fue aprobada por insistencia por el Parlamento con 110 votos a favor y cero en contra que modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 713 (que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada).
Como se sabe, esta iniciativa fue presentada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, presidida por la congresista Sigrid Bazán, quien sustentó el mencionado texto sustitutorio.
¿Cuáles son los feriados en Perú?
-Año Nuevo (1 de enero)
-Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
-Día del Trabajo (1 de mayo)
-Batalla de Arica y Día de la Bandera (7 de junio)
-San Pedro y San Pablo (29 de junio)
-Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
-Batalla de Junín (6 de agosto)
-Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
-Combate de Angamos (8 de octubre)
-Todos los Santos (1 de noviembre)
-Inmaculada Concepción (8 de diciembre)
-Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)
-Navidad del Señor (25 de diciembre)
La norma, que está refrendada por el presidente del Congreso, José Williams Zapata, señala que el feriado nacional no laborable y remunerado establecido en esta ley comprende a todas las instituciones y entidades públicas del país, sin perjuicio del régimen laboral respectivo.
Dispone además que la ceremonia de renovación del juramento de fidelidad a la bandera del Perú se realice de manera obligatoria en todas las entidades de la administración estatal. El Ministerio de Defensa, a través del Ejército del Perú, establece el protocolo y la fórmula ceremonial.
El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de 30 días calendario contados desde la vigencia de la presente ley, deberá adecuar el Reglamento del Decreto Legislativo 713, aprobado por el Decreto Supremo 012-92-TR, añade la norma.
Gobierno observó norma
El Poder Ejecutivo había observado la autógrafa de ley aprobada en el Congreso por la cual se declaraba feriado nacional no laborable el 7 de junio, Día de la Bandera.
"La mejor manera de rendirle homenaje a la bandera es trabajando y sentar las bases para recuperar la economía", dijo a la prensa el titular de la PCM, Alberto Otárola.