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    Migraciones descartó prórroga para extranjeros en condición irregular: "El 10 de noviembre vamos a desinstalar los sistemas en la web"

    El Superintendente de Migraciones, Armando García, explicó que, luego del 10 de noviembre, fecha en la que vence el plazo para regularizar la condición de extranjeros, ya no recibirán más solicitudes y tendrán que enfrentar las sanciones correspondientes

    Más de 160 mil extranjeros acuden a Migraciones para regularizar sus trámites - Foto: Andina - Video: Canal N

    La Superintendencia Nacional de Migraciones reiteró que no se ampliará después del 10 de noviembre el plazo para que las personas extranjeras en condición migratoria irregular se acojan al Permiso Temporal de Permanencia.

    "No va a haber prórroga. Este 10 de noviembre a las 23:59 p.m. vamos a desinstalar los sistemas a través de la plataforma web. Las personas que no haya podido ingresar y están de manera irregular, mantendrán esa condición con las consecuencias y los procesos correspondientes", sostuvo el titular de Migraciones, Armando García.

    Desde la Sede de Atención a Migrantes y Refugiados (SAMIR) del distrito de San Martín de Porres, el máximo representante de Migraciones argumentó que luego del 10 de noviembre solo se realizará la captura de datos biométricos (huella digital y fotografía) a las personas que iniciaron el trámite de manera virtual hasta la mencionada fecha.

    Asimismo, Migraciones estimó que cerca de 160 mil personas se han acogido al actual proceso de regularización migratoria e instó a la comunidad migrante que inicien su trámite al restar solo 3 semanas para hacerlo.

    ¿CÓMO TRAMITAR EL PERMISO TEMPORAL DE PERMANENCIA?

    Migraciones informó que el carné de permiso temporal de permanencia se inicia de manera virtual e incluye una cita presencial durante la cual se efectúa la captura de los datos biométricos (huellas dactilares y fotografía) del solicitante.

     ¿QUIÉNES NO PUEDEN TRAMITARLO?

    No podrán tramitar este documento quienes registren antecedentes penales, policiales y judiciales, o tengan alertas de Interpol, así como quienes no cumplan los requisitos establecidos en el Decreto Supremo N° 003-2023-IN y las condiciones establecidas en la Resolución de Superintendencia N° 000109-2023-MIGRACIONES.

    Tampoco podrán solicitar el CPP quienes han sido sancionados con expulsión el país y no se haya cumplido el plazo de la sanción.