Maltrato animal: promulgan ley que sanciona a agresores
A casi un mes de su aprobación en el Congreso, norma fue publicada en el diario El Peruano.
Luego de su aprobación en el Congreso, el Gobierno promulgó la Ley de Protección y Bienestar Animal que sanciona con prisión a aquellas personas que cometan actos crueles contra animales domésticos vertebrados o silvestres.
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La norma dispone que toda persona tiene el deber de proteger a los animales y que el propietario debe tener un ambiente adecuado según el requerimiento de cada especie, así como mantener su cuidado y vacunación al día.
En el artículo 8 de la ley, se indica que los gobiernos locales deberán fomentar la creación y funcionamiento de albergues temporales de animales en estado de abandono, los cuales contarán con el apoyo del Colegio Médico Veterinario.
En cuanto a las prohibiciones, se establece que está penado con cárcel el abandono de animales en la vía pública ya que constituye un acto de maltrato y riesgo para la salud pública, por lo que los gobiernos regionales y locales tendrán facultades para disponer de mecanismos necesarios a fin de controlar dicha situación.
Según la ley, se prohíbe el sacrificio de animales de granja en la vía pública, crianza y traslado insalubre de los mismos. También, ya no se podrá experimentar con animales vivos con excepción de que sea para el estudio y avance de la ciencia.
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La norma sanciona las amputaciones estéticas innecesarias del animal de compañía (rabo, orejas) que impidan su capacidad de expresión y estas sólo estarán permitidas en caso de ser de riesgo para su salud.
Cabe indicar que en cualquiera de estos casos, se establece pena de cárcel no mayor a tres años para quienes maltraten a un animal y de cinco años en caso de ocasionarle la muerte.
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