Keiko Fujimori: Poder Judicial rechazó pedido para variar comparecencia restrictiva por prisión preventiva
Lideresa de Fuerza Popular continuará en libertad tras fallo del juez Víctor Zúñiga
ACTUALIZACIÓN
El Poder Judicial declaró infundado el pedido fiscal que buscaba variar la orden de comparecencia con restricciones contra Keiko Fujimori y ordenar la prisión preventiva en su contra.
La decisión fue tomada en audiencia presencial por el juez Víctor Zúñiga Urday del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, tras escuchar los argumentos del fiscal José Domingo Pérez y de la abogada Giulliana Loza.
El juez aseveró que Fujimori no debió comunicarse con testigos e indicó que de incumplir con las medidas restrictivas, se le dictará nuevamente prisión preventiva, previo requerimiento del Ministerio Público.
Como se recuerda, el fiscal solicitó que se revoque la orden de comparecencia con restricciones contra Fujimori Higuchi y se le dicte la prisión preventiva.
NOTA PREVIA
La audiencia para evaluar el pedido de revocar la comparecencia con restricciones de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y reemplazarlo por prisión preventiva, se realizará este lunes 21 de junio, informó el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado a través de una resolución.
En la resolución, se ha considerado lo expuesto por el fiscal José Domingo Pérez respecto al no cumplimiento de las restricciones impuestas por parte de la candidata presidencial, citando el artículo 287º3 del Código Procesal Penal.
“Si el imputado no cumple con las restricciones impuestas, previo requerimiento realizado por el fiscal o por el juzgador en su caso, se revocará la medida y se dictará mandato de prisión preventiva. El trámite que seguirá el juez será el previsto en el artículo 271º″, se lee en el documento.
Como se sabe, la candidata presidencial por Fuerza Popular tiene reglas de conducta impuestas debido a las investigaciones que enfrenta por cometer los presuntos delitos de lavado de activos, organización criminal, falsa declaración en procedimiento administrativo, asociación ilícita para delinquir, fraude procesal, falsedad genérica y obstrucción a la justicia.
En ese sentido, la lideresa del fujimorismo tiene prohibido comunicarse con sus coimputados, testigos u otros órganos de prueba, “sea en forma personal o por intermedio de terceros o a través de cualquier forma o medio tecnológico, mientras no concluya el presente caso”.