Hoy:

    JNE confirmó que Acuña y Guzmán ya no participan en los comicios

    Ente electoral tomó una decisión inapelable tras evaluar los recursos presentados por ambos excandidatos.

    César Acuña y Julio Guzmán, aspirantes a la Presidencia del Perú. Foto: archivo El Comercio.
    César Acuña y Julio Guzmán, aspirantes a la Presidencia del Perú. Foto: archivo El Comercio.

    Julio Guzmán y César Acuña agotaron las apelaciones en los órganos electorales para continuar en los comicios presidenciales. En la víspera del lunes, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) rechazó ambos recursos planteados por los candidatos de Todos Por el Perú (TPP) y Alianza Por el Progreso (APP), informó La República.

    El recurso extraordinario planteado por los abogados de Guzmán Cáceres fue declarado infundado por la mayoría del pleno del JNE, que dejó al voto su decisión. Por tres votos en contra y dos a favor el candidato de TPP queda así fuera de la contienda.

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    La resolución publicada por el órgano electoral justifica su decisión arguyendo que no se vulneró el debido proceso ni la tutela procesal efectiva. Esta posición fue respaldada por los votos de los magistrados Elías Ayvar, Jesús Fernández y Jorge Rodríguez.

    A favor del recurso de Julio Guzmán votaron el presidente del JNE, Francisco Távara y Carlos Cornejo. En las conclusiones del oficio se expresa que se ha resuelto la controversia en instancia final. Además, solicitan a los candidatos y autoridades políticas respetar las decisiones del jurado electoral.

    El mismo destino corrió el candidato de APP, César Acuña. El pleno del JNE decidió por mayoría declarar inundado el recurso extraordinario presentado por su defensa. La base de la decisión del órgano electoral sostiene que no se ha vulnerado el debido proceso.

    “Al no aportar el recurso extraordinario ningún elemento nuevo al análisis realizado que permita advertir error en el razonamiento por parte de este órgano colegiado, no se observa vulneración de los derechos al debido proceso y a la tutela procesal efectiva”, señala el texto.