Hoy:

    Devolución de impuestos: Publican el cronograma para declarar renta ante Sunat

    Toma atención a la siguiente información, si estas pendiente a la devolución de impuesto que realiza la Sunat

    Deben presentar la Declaración Anual de Renta 2022 / Foto: archivo El Comercio

    Si estás interesado en la devolución de impuestos por parte de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), el 6 de marzo y el 11 de abril son dos fechas que por nada del mundo debes olvidar, pues ambas indican el inicio y fin del proceso de declaración de rentas 2022. Aquí puedes saber si cuentas con un saldo a tu favor.

    “Si estoy obligado en presentar la declaración, no puedo pasarme del cronograma de vencimiento. Pero si no estoy obligado lo puedo pedir hasta que no prescriba”, dijo Pamela Caballero, persona de la Gerencia de Orientación y Servicios de la Sunat.  Además puedes modificar tus comprobantes en línea, si en caso existe algún error.

    Recuerda que para acceder, debes tener registrada correctamente una cuenta bancaria y existe un cronograma para que comiences a declarar

    Obligados a declarar: Deben presentar la Declaración Anual de Renta 2022 las personas naturales que:

    - Hubieran percibido Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y, al mismo tiempo, deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.

    - Los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.

    - Los que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categorías que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.

    - También deben cumplir con esta obligación quienes tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.

    - Los que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría.

    - En el caso de las empresas se mantiene, la obligación de presentar la declaración de renta 2022 para aquellos contribuyentes que hubieran generado rentas o pérdidas de Tercera Categoría del Régimen General o del Régimen Mype Tributario (RMT).

    - También se encuentran obligados a presentar la declaración, las personas o entidades generadoras de rentas de tercera categoría que hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.

    - Se ha incorporado en la obligación de presentar la Declaración Anual de Renta 2022 a aquellos contribuyentes del Régimen General que deduzcan los créditos por impuesto abonado por la distribución de dividendos o utilidades.