Candidatos que entreguen dádivas superiores a 2 UIT serán excluidos de campaña
La modificación a la Ley de Organizaciones Políticas fue sustentada por la congresista fujimorista Úrsula Letona
Por mayoría, el pleno del Congreso aprobó un nuevo supuesto para la exclusión de candidatos que entreguen dádivas en la contienda electoral. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) podrá excluir de la campaña a los candidatos que entreguen regalos que superen las 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que hace un monto de S/ 8.100.
La modificación fue sustentada por la congresista fujimorista Úrsula Letona, que además es titular de la Comisión de Constitución y aprobada con 68 votos a favor, 17 en contra y 12 abstenciones. En una segunda votación, los cambios fueron ratificados con 60 votos a favor, 33 en contra y 5 abstenciones.
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La propuesta original planteaba como tope 5 UIT (S/ 20.250) para proceder con la exclusión del candidato. Fue en el debate que el congresista oficialista Gilbert Violeta propuso que se reduzca a 1%, mientras que Daniel Salaverry planteó que quede en 2%. Letona eligió la propuesta de su colega de bancada.
Cabe recordar que este apartado del paquete de la reforma electoral ya había tenido una votación el pasado 4 de octubre. El texto sustitutorio que se planteó en dicho pleno fue aprobado por 72 votos a favor y establecía una multa de 30 UIT (S/ 121.500) por exceder el tope del monto permitido en la entrega de dádivas.
La exclusión se producía si el candidato reincidía en la entrega de regalos, dinero, medicinas, alimento, entre otros, de forma directa o a través de terceros, según explicó el diario El Comercio. Esta norma estuvo vigente hasta el 4 de octubre y sancionó a Vladimiro Huaroc, de Fuerza Popular, por haber entregado víveres y agua en Satipo (Junín).
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Asimismo, César Acuña también fue excluido como candidato presidencial por regalar S/10 mil a comerciantes de un mercado de Chosica y ofrecer otros 5 mil a un joven con discapacidad en Piura.
Letona explicó que otra de las modificaciones incluye al artículo 31 de la Ley de Organizaciones Políticas. Este indica que el Poder Judicial deberá remitir al sistema financiero el listado de condenados por terrorismo, narcotráfico y otros delitos; de no ser así, no será responsabilidad de las agrupaciones políticas.