5 Enero 2015

Recuento 2014: la ley de la furia

Una ley que ha desatado furia y protestas como las que hace años no se veía y que ha hecho recular a quienes ya la habían firmado y desembarcarse a quienes ya la habían apoyado. Pero ¿qué contempla exactamente el nuevo régimen laboral juvenil, la llamada Ley Pulpin? ¿Fue su planteamiento un error o un acierto mal anunciado? Avances y retrocesos en planilla.

Sin duda la noticia que remeció la semana en todo el país ha sido la Ley de Trabajo Juvenil promulgada por el presidente Ollanta Humala la tarde del 
martes 16 de Diciembre.

 Aunque fue aprobada cinco días antes en el congreso 
con 65 votos a favor, a partir de los primeros reclamos y de las manifestaciones 
de los jóvenes, quienes apoyaron la ley increíblemente luego, recularon.

Mientas esto sucedía, una marabunta de jóvenes organizados por medio de las redes sociales, en supuesta marcha pacífica, terminó por agitar del todo las aguas. Tanto que las tormentas bajo las que se hallaban navegando los ministros de Justicia y Energía y Minas, Figallo y Mayorga respectivamente parecieron.

El asunto es el siguiente: La ley 30288 es un régimen especial que facilita a los 
empresarios, gracias a ciertos beneficios, la contratación de un grupo que 
supuestamente es de difícil empleabilidad. Se trata de aquellos peruanos que 
tienen entre 18 y 24 años, con educación completa o incompleta, de 
secundaria, superior técnica o universitaria que no han accedido aún a un 
puesto formal. Es decir, primero, aquellos que recién empiezan su vida laboral 
y segundo, aquellos que han estado fuera de planilla durante tres meses.

Una norma de carácter opcional que comienza con la inscripción por un año en planilla para los nuevos contratados. Aunque con el recorte de ciertos beneficios. Así las empresas no están obligadas al pago de CTS, ni gratificaciones para este tipo de empleados, a quienes además, sólo les pagarán 15 días de sus vacaciones anuales.

Para algunos sectores se trata de una ley esperanzadora, que entrega ciertos beneficios a quienes antes, no tenían nada. Y en nuestro país, los jóvenes de entre 18 y 24 años desempleados suman a la fecha, algo más de 3 millones 844 mil.

La ley de empleo juvenil estipula también que en caso de despido unilateral antes del año, el empleador deberá pagar una indemnización al trabajador. Mientras que en el caso de las micro y pequeña empresas, el seguro de salud para estos nuevos empleados es subsidiado por el Estado, por el plazo de un año.

Si bien la formalización laboral en nuestro país es necesaria, el problema principal que tienen nuestros jóvenes es la falta de capacitación, pues son casi 3 millones y medio quienes no tienen estudios completos. Con esta ley, las empresas podrán obtener además un crédito fiscal para capacitar a este tipo de personal.

Para muchos, 3 años con los beneficios “recortados” es demasiado tiempo. Pese a los pros y los contras generados por esta polémica norma que toca a casi 4 millones de ciudadanos y a sus familias, debemos recordar que la ley ya está dada y firmada, pese a que se tuvo tiempo para observarla, discutirla y aprobarla. ¿Por qué todos esperamos el último momento, por qué solemos ser generales después de la batalla?

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