Hoy:

    ¿Qué hacer si alguien utiliza tu dirección domiciliaria sin permiso?

    ¿Te llegan documentos o recibos de alguien que no vive en tu casa? Cuidado, puedes recibir hasta órdenes de cobranzas. Así puedes realizar la impugnación de domicilio en Reniec

    Dar una dirección domiciliaria falsa ante el RENIEC es un delito contra la fe pública.
    Dar una dirección domiciliaria falsa ante el RENIEC es un delito contra la fe pública.

    Si has recibido más de una vez notificaciones o recibos de pago dirigidos a una persona que no vive en tu hogar, puede ser que alguien haya declarado tu dirección como suya ante el RENIEC y sin tu permiso. Por ello, deberás solicitar una impugnación de domicilio.

    Este tipo de información falsa no solo puede generar confusión, sino que también puede ocasionarte inconvenientes mayores, como embargos, órdenes de cobranzas coactivas, entre otros

    Requisitos para la impugnación de domicilio

    Deberás solicitar al RENIEC que observe en su base de datos dicha información. Este trámite es gratuito y demora un máximo de 30 días hábiles.

    Para lograr la cancelación de dicha inscripción fraudulenta, tendrás que presentar los siguientes requisitos ante una agencia RENIEC:

    1. Una solicitud dirigida a la Sub Gerencia de Investigación y Depuración con carácter de Declaración Jurada, con los siguientes datos:

    • Nombre del ciudadano o número del DNI, quien realizó la inscripción falsa.
    • Datos personales, domicilio y firma o impresión digital del impugnante (la persona a quien le pertenece la dirección domiciliaria)
    • Motivo claro y preciso de la impugnación.
     

    2. Constatación Domiciliaria expedido por el notario. En caso de los centros poblados donde no hubiere notario, expedido por el Juez de Paz, según sea el caso.

    3. Lleva contigo tu DNI para realizar el trámite. En caso de extranjeros exhibir el Carné de Extranjería o presentar copia simple del Pasaporte o Cédula de Identidad.

    El RENIEC, como organismo público, te notificará cuando el trámite proceda. De admitirse tu solicitud, deberás  cumplir con la publicación (ver modelo) en el diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulación.

    Cabe resaltar que el trámite también lo puedes realizar por Internet, mediante el Portal del Ciudadano, siempre y cuando cuentes con un DNI electrónico. En el portal deberás crearte una cuenta.

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