SIS: entierro o cremación en casos de COVID-19 son gratuitos
El SIS recuerda que familiares no deben pagar nada por sepelio. Te explicamos quién se encarga de hacer este trámite y cómo denunciar cobros indebidos
El Seguro Integral de Salud (SIS) garantiza que los servicios de entierro y cremación son gratuitos para sus asegurados y personas sin seguro que viven en la calle y que fallezcan a causa del COVID-19 a nivel nacional en los establecimientos de salud, domicilio o en la vía pública.
Del mismo modo, los familiares del fallecido no deben realizar ningún trámite adicional por los servicios de sepelio, puesto que solo se requiere la autorización de un familiar directo que determinará si será inhumado o cremado. En caso no esté presente el familiar, será la autoridad sanitaria la que determine dicho procedimiento.
Cobertura total
Se recuerda que, en caso de entierro, el SIS cubre los gastos del ataúd, traslado del féretro al cementerio y sepultura, que puede ser en tierra o nicho. En los casos de cremación, la cobertura incluye el ataúd, traslado del féretro, cremación y la urna que será entregada a los familiares por la empresa contratada para este servicio.
¿Cómo se realiza el trámite?
Cuando ocurre el fallecimiento del asegurado en una Institución Prestadora de Servicios de Salud (Ipress), la Oficina de Seguros del establecimiento de salud será la encargada de realizar el trámite de inhumación o cremación y del financiamiento de los servicios funerarios.
El familiar del fallecido autoriza el entierro o cremación. De no estar presente durante este procedimiento, la autoridad sanitaria (Diris, Diresa o Geresa) será la encargada de autorizar la inhumación. El plazo máximo es 24 horas, contado desde el momento de la certificación del fallecimiento.
La inhumación o cremación será realizada por la empresa que mantenga contrato con el establecimiento de salud, utilizando las medidas de protección y seguridad que corresponda.
En el caso de fallecidos en domicilio o en la calle, el equipo humanitario de la Diris, Diresa o Geresa es el encargado de acudir al lugar para constatar y expedir el certificado de defunción, así como para preparar el cadáver y entregarlo al servicio funerario contratado.
Igualmente, comunica a la Oficina de Seguros del establecimiento de salud ubicado en la
jurisdicción donde ocurrió el hecho, para la realización de los trámites respectivos de la inhumación o cremación. El servicio funerario será realizado por la empresa que tenga contrato con la Ipress.
Para el caso de personas en condición de indigencia que hayan fallecido por COVID-19 o ser un caso sospechoso, y no cuente con un seguro de salud, el financiamiento para su inhumación o cremación será asumido íntegramente por el SIS.
El instructivo SIS es de carácter público y se encuentra en el portal institucional del SIS
http://www.sis.gob.pe/.
Denuncias de cobros indebidos
Ante cualquier intento de cobro por trámite o sepelio, pueden realizar sus denuncias a través de los canales oficiales como el correo electrónico ([email protected]), el Sistema de Denuncias del portal web del SIS (www.sis.gob.pe) o por la Mesa de Partes Virtual ([email protected]) en documento dirigido a la Oficina de Integridad Institucional.
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