Hoy:

    ¿Qué hacer si un familiar fallece y tiene cuentas de ahorros?

    Si eres heredero o familiar de una persona fallecida, te explicamos a dónde ir y qué documentos presentar para saber si tiene cuentas o seguros.  El trámite es gratuito.

    Entérate qué hacer si un familiar fallece y tiene cuenta de ahorros
    Entérate qué hacer si un familiar fallece y tiene cuenta de ahorros

    La muerte de un ser querido es muy dolorosa y puede afectarnos tanto que lo último en que pensaremos en sus cuentas con dinero que haya dejado.  No obstante, es importante saber cómo proceder y tomar acciones rápidas.

    Documentos que debes mostrar si un familiar tuyo fallece y no sabes si dejó dinero

    La Superintendencia de Banca y Seguros explicó que, si un familiar tuyo fallece y tiene cuentas de ahorros o si no lo sabes, se te puede brindar información y debes presentar los siguientes documentos en la mesa de parte de dicha entidad:

    • El acta o partida de defunción del familiar.
    • Presentar el testamento en el que se te declara heredero.

    Con esos dos requisitos, llenarás un formulario y la SBS pedirá información a los seguros y bancos.  Posterior a ello, se te entregará un certificado detallándote los números de cuentas y en qué bancos se encuentran los depósitos del fallecido.  No obstante, no se te brindará los montos de los mismos.

    Este trámite es totalmente gratuito, en un máximo de 12 días obtienes una respuesta.  Con esto, la SBS centraliza todo y evita que los familiares acudan a cada banco o aseguradora pidiendo información financiera. 

    ¿Qué pasa si el fallecido no dejó testamento? 

    Si no tienes el testamento o certificación de heredero, tendrás que pedir la sucesión intestada (conocida como declaratoria de herederos) a través del Poder Judicial o Registros Públicos.  De no hacer este trámite, no se te podrá dar información o efectuar el retiro de las cuentas de tu familiar así tengas las tarjetas de débito.

    ¿Cuánto tiempo tienes para reclamar el dinero de una persona fallecida?

    Puedes hacerlo por un periodo de hasta 10 años, si no pides el dinero de las cuentas bancarias, las entidades tienen la obligación de trasladar los fondos al Fondo de Seguro de Depósitos.

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