Hoy:

    ¿Qué coberturas ofrece el seguro de vida para un trabajador?

    Apeseg explica los beneficios que ofrece este seguro el cual es obligatorio para todos los trabajadores del sector privado que se encuentran en planilla

    Lo que debes saber sobre el seguro de vida de un trabajador
    Lo que debes saber sobre el seguro de vida de un trabajador

    A través del Decreto Supremo 168-2021-PCM, se establece que desde el pasado 10 de diciembre las empresas con más de 10 trabajadores pueden operar de manera presencial, solo si todos acreditan su dosis completa de vacunación contra el COVID-19.

    El gobierno ha establecido que los ambientes de trabajo deben estar ventilados; tener un listado del personal que asistirá a realizar trabajo presencial; evitar el saludo mediante abrazos, besos o apretones de mano; el uso de doble mascarilla, entre otras medidas preventivas. 

    En este contexto, la Asociación Peruana de Empresas de Seguros recuerda a los empleadores la importancia de brindar a sus trabajadores la protección del Seguro Vida Ley. 

    Como se recuerda, meses antes del inicio de la pandemia, el gobierno estableció que es obligatorio contratar el Seguro de Vida Ley desde el primer día de labores del trabajador, cuyos beneficios constituyen un alivio económico temporal a los familiares de un trabajador ante su fallecimiento por muerte natural, accidental o invalidez permanente total, sin importar la actividad económica que realice la compañía o si el accidente o enfermedad que llevó al fallecimiento del trabajador sucede durante su jornada laboral, ya que otorga protección las 24 horas del día.

    Este seguro de vida obligatorio beneficia a todos los trabajadores del sector privado que se encuentren en planilla, independientemente de su régimen laboral, así como a los trabajadores de entidades y empresas del sector público que estén sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo.

    ¿Qué coberturas ofrece el seguro de vida?

    En caso ocurriera el fallecimiento del trabajador por muerte natural, accidental o si quedara con una invalidez permanente total, la aseguradora indemnizará a los beneficiarios con las siguientes sumas de dinero:

    • Muerte natural: 16 remuneraciones.
    • Muerte accidental: 32 remuneraciones.
    • Invalidez permanente total: 32 remuneraciones.

    Morón hizo un llamado a extender este seguro a todos los servidores públicos y no solo a los que se encuentran bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo. 

    “Hoy más que nunca resulta conveniente ampliar este beneficio social a todos los trabajadores del Estado, pues aún hay un segmento que no está incluido como son los maestros de escuelas públicas, por ejemplo, ya que está comprobado el respaldo financiero que brinda a las familias durante momentos difíciles”.

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