ONP: ¿Cómo saber si puedes retirar el total o parte de tus aportes?
El Pleno del Congreso aprobó por insistencia la ley que permite a los afiliados menores de 55 años a que puedan solicitar el retiro de sus aportes hasta por S/ 4,300 de la ONP
Una de las dudas entre los afiliados y exaportantes a la ONP es si también podrán retirar su dinero como los de la AFP y, si fuese el caso, cuánto y quiénes podrían hacerlo.
Precisamente, el Pleno del Congreso aprobó por insistencia la ley que permite a los afiliados menores de 55 años, sean aportantes activos o exaportantes y que mantengan fondos en la ONP puedan solicitar el retiro de sus aportes hasta por S/ 4,300.
¿Cómo saber si puedo retirar de la ONP?
Según la ley aprobada, hay dos grupos de personas que podrán retirar:
- Exaportantes: afiliados y afiliadas que tengan más de 55 años de edad y con un tiempo de aportes menor a 20 años podrán retirar el 100% de sus aportes, es decir todo tu dinero. Aquí se contempla a las personas que no aportan porque ya no trabajan, se pasaron a la AFP o por otra razón.
- Aportantes activos: personas de cualquier edad y con el tiempo de aporte que tengan, podrán retirar hasta 4,300 soles. En este caso, los afiliados y afiliadas que tengan meses o un año y no han llegado a tener un fondo mayor a 4,300, también podrán retirar lo acumulado.
*De acuerdo al proyecto de ley, la ONP atenderá las solicitudes presentadas en un plazo máximo de 30 días hábiles.
*El 50 por ciento del monto acumulado de los aportes será devuelto en un plazo de 30 días hábiles desde la calificación favorable de la solicitud ante la ONP y el otro 50 por ciento a los 60 días hábiles computados a partir del primer desembolso.
Actualización al 03/12/2020
Carmen Omonte, presidenta de la Comisión de Reforma de Pensiones, reconoció que la ley de devolución de aportes a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) tiene “líneas de inconstitucionalidad”. Por su parte, el presidente de la República, Francisco Sagasti, indicó hace unos días, que el Ejecutivo acudirá al Tribunal Constitucional (TC) si el Congreso insistía en aprobar la iniciativa legislativa.
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