Hoy:

    Si mi novio me engaña y ya no nos vamos a casar, ¿lo puedo demandar?

    ¿Le tengo que devolver el anillo de compromiso? ¿Qué tipo de daños y perjuicios me debe indemnizar? Dos especialistas resuelven estas y otras dudas

    Si mi novio me engaña y ya no nos vamos a casar, ¿lo puedo demandar?

    Cuando una pareja tiene la intención de casarse, ingresa a la etapa del noviazgo, lo que viene a ser la transición hacia el matrimonio. Pero, dar el “sí” también tiene un peso legal, más aún si no se cumple con tal compromiso por un caso de infidelidad, por ejemplo.

    En el campo del Derecho, los novios se denominan “esponsales”, quienes representan la promesa de casarse con recíproca aceptación. Si un noviazgo termina por culpa atribuible a tu pareja, se establece el “inclumplimiento de esponsales.

    De acuerdo a la abogada Carmen Moretti, esta condición está regulada por el artículo 240° del Código Civil peruano: “Esto quiere decir que, de terminarse la relación por culpa de tu pareja, puedes pedir un resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados”.

    ¿Qué representan los daños y perjuicios tras romperse el noviazgo?

    Ylliana Mimbela, abogada especialista en Derecho de Familia, explica que si te piden la mano, pero luego terminas la relación y esa ruptura ocasiona daños psicológicos o económicos al otro novio o a terceras personas, deberán ser asumidos por el novio o novia que lo origina.

    Para ello, el Código Civil establece el derecho de interponer una “demanda por indemnización” dentro del plazo de un año que se cuenta desde la ruptura.

    ¿Se pueden devolver las cosas compartidas durante el noviazgo?

    Dentro del mismo plazo de un año, cada uno de los novios puede revocar las donaciones que hayan hecho a favor del otro por razón del matrimonio proyectado.

    Sin embargo, “si la donación se realizó como un acto de liberalidad (voluntad propia) y no se puso como condición el matrimonio, entonces no hay obligación de restituir la donación”, añade Mimbela.

    ¿En qué casos una pareja tiene un “noviazgo legal”?

    Es importante resaltar que la promesa de matrimonio (noviazgo) solo se formaliza entre personas legalmente aptas para casarse:

    “Esto quiere decir, cuyos estados civiles deberán ser solteros, divorciados o viudos, ya que si uno de los novios es de estado civil casado, este noviazgo o esponsal no tendría amparo legal dentro de nuestra normatividad”, señala Mimbela.

    Como ves, la terminación de un noviazgo sí puede tener implicaciones legales, más aún si el novio o la novia están en falta, como en un caso de infidelidad que ocasiona la ruptura de una relación sentimental y futuro matrimonio. 

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