¿Es obligatorio llevar el apellido de tu esposo cuando te casas?
¿Es parte de la norma o puede ser voluntario? Además, te explicamos, cuánto cuesta y qué requisitos debes presentar si deseas modificar tus datos y estado civil en tu DNI
En muchos casos, se puede observar que algunas mujeres adultas o personas mayores llevan el apellido de sus esposos junto a los nombres que exponen en sus DNI.
¿Es una medida obligatoria o voluntaria para las mujeres?
Frank Acevedo, abogado especialista en Derecho Civil y Familia, explica que la mujer no está obligada a llevar el apellido de su marido cuando se case. Al contrario, esta indicación nace de una norma cada vez más obsoleta, pero que aún se sigue practicando:
“Si bien es cierto el Artículo 24 del Código Civil señala que la mujer tiene el derecho de llevar el apellido de su marido agregado al suyo, es preciso señalar que esta norma contiene un derecho facultativo, más no es una obligación”, señala el especialista.
Si vas a contraer matrimonio muy pronto, debes saber que tienes todo el derecho de escoger entre dos opciones en torno a tu nombre: agregar a tu nombre el apellido de tu marido o conservar tu nombre y apellido de soltera.
¿Qué requisitos debo cumplir si deseo cambiar mi estado civil?
Si necesitas modificar tu estado civil, se emitirá un DNI nuevo para que los datos correctos aparezcan impresos en tu documento. Para ello, debes realizar el siguiente trámite presencial:
1) Realizar el pago de S/ 24.00 (código de tributo 00728) o S/ 35.00 para el DNIe (código de tributo 00729) en cualquiera de las siguientes entidades: Banco de la Nación o Banco de Crédito (BCP) con cobro de una comisión de S/ 3.40, salvo que realices el pago en sus agentes, app o página web.
Para las personas a partir de los 65 años, este trámite es gratuito. Al realizar el trámite, se brindará una constancia que debes imprimir y en donde figura la fecha para recoger el nuevo DNI.
2) Tras el pago correspondiente, deberás presentar otros documentos. Cabe resaltar que si la Oficina de Registro del Estado Civil (OREC) de tu municipio comparte sus datos con el Reniec y sus oficinas afiliadas, no necesitas presentar esta acta.
Cambio a Casado(a): Una Declaración Jurada indicando esa condición. Si eres mujer, estás casada y deseas adicionar el apellido de tu esposo, debes presentar la copia certificada del Acta de Matrimonio Civil.
Cambio a Divorciado(a): Una copia certificada del Acta de Matrimonio expedida por el Registro del Estado Civil con la anotación marginal de la disolución del vínculo matrimonial.
Cambio a Viudo(a): Un Declaración Jurada de Matrimonio y copia certificada del Acta de Defunción del cónyuge, expedida por el Registro del Estado Civil.
Cambio de Casado(a) a Soltero(a): Por ser un caso especial, se puede hacer de dos maneras. En ambos casos, el trámite se ingresa por Mesa de Partes y tiene un costo de S/ 81.80. El código de la tasa para pagar en el Banco de la Nación es 02120.
- Administrativamente: Es necesario realizar un trámite previo de "Rectificación administrativa del Estado Civil" en la Sub Gerencia de Investigación y Depuración de Reniec y traer el resultado del trámite donde la entidad resuelve rectificar tu Estado Civil a "Soltero".
- Por Mandato Judicial: Oficio y parte con resolución judicial consentida o ejecutoriada que corresponda.
¿Puedo cambiar mi estado civil de manera online?
Solo se puede hacer la modificación online del estado civil cuando se trata de un caso de Soltero(a) a Casado(a).
Para confirmar si puedes realizar el cambio de estado civil online, debes validar tus datos en el aplicativo del Reniec (aquí). Si te permite continuar con el ingreso de correo y teléfono, es afirmativo y podrás continuar con el proceso online.
Ten en cuenta que tu acta de matrimonio debe estar registrada en las oficinas del Registro del Estado Civil (OREC), de los siguientes distritos de Lima: San Borja, Santiago de Surco, Surquillo, San Isidro, San Luis, Lince, Comas, Independencia, San Martín de Porres, Los Olivos, Santa Anita, Breña, Magdalena, Ate, Rímac, La Molina, La Perla y Jesús María.
Para realizar otros cambios de estado civil debes acudir a las Oficinas Registrales del Reniec.