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4.01.2023

¿Cómo solicitar hacer teletrabajo y en qué caso es posible?

¿Qué se necesita hacer para solicitar el teletrabajo?

¿Es obligatorio trabajar en presencial? ¿Quiénes pueden quedarse en modalidad remoto? ¿Qué dice la ley de teletrabajo? Una abogada laboralista resuelve estas y otras dudas

El 31 de diciembre del 2022, la modalidad de trabajo remoto llegó a su fin de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia N°115-2021. Por ende, los empleadores deben adecuar a sus trabajadores a las disposiciones de la nueva ley de teletrabajo (Ley N°31572).

Nataly Castro, abogada laboralista, explica que a partir de enero del 2023, tanto empleadores del sector privado como público deben acatar estas nuevas disposiciones, aún cuando el reglamento de la nueva ley del teletrabajo no se haya publicado.

Si soy del sector público, ¿es obligatorio realizar trabajo presencial a partir de enero del 2023?

Castro señala que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) se pronunció con un informe técnico sobre el trabajo presencial que deben desarrollar los trabajadores a partir del 3 de enero del 2023, como regla general. Sin embargo, existen excepciones. 

“Solamente de manera excepcional, los trabajadores pueden seguir manteniendo el trabajo remoto hasta el 25 de febrero del 2023, siempre que las necesidades institucionales puedan permitirlo”, indica la especialista en este video.

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¿Puedo solicitar seguir realizando trabajo remoto?

Si estabas realizando trabajo remoto y a partir de enero del 2023, tu empleador te pide realizar tus labores de manera presencial, puedes solicitar un cambio de modalidad, lo cual está establecido en la vigente ley de teletrabajo.

Esta ley en su Artículo 9.3 establece lo siguiente: cualquier trabajador, ya sea del sector público o del sector privado, puede solicitar al empleador que quiere realizar teletrabajo, mediante una solicitud o un correo electrónico.

“Al recibir esta solicitud, tu empleador tiene el plazo de 10 días hábiles para poder aceptar o denegar tu pedido. En caso tu empleador no responda la solicitud dentro de los 10 días hábiles, se entiende por aprobada tu solicitud de teletrabajo”, agrega Castro en este otro video.

Por ejemplo, si presentas tu solicitud para realizar teletrabajo el martes 3 de enero, tu empleador tiene el plazo de desde el 4 de enero hasta el 17 de enero para darte una respuesta.

Si no hay respuesta hasta cumplidos los diez días hábiles, ello quiere decir que el día 18 de enero se da por aprobada tu solicitud de teletrabajo. Recuerda que los días hábiles solamente se contabilizan de lunes a viernes.

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