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11.01.2021

Argentina: Juez obliga a clínica privada a administrar dióxido de cloro a paciente con COVID-19

Argentina: Juez obliga a clínica privada a administrar dióxido de cloro a paciente con COVID-19. Foto: AFP referencial

El polémico fallo causó gran preocupación en la comunidad médica

Un juez argentino obligó a una clínica privada de Buenos Aires (Argentina) a tratar con dióxido de cloro a un paciente con COVID-19, a pedido del hijastro del hombre internado en estado grave, en un polémico fallo que alertó a la comunidad médica.

El juez en lo civil Javier Pico Terreno hizo lugar al amparo presentado y dispuso que el Sanatorio Otamendi y Miroli administrara al paciente la sustancia que le había sido indicada por su neurocirujano particular. La clínica apeló la medida, pero debió realizar la práctica aunque aclaró que lo hacía fuera de su responsabilidad.

El uso de dióxido de cloro para casos de COVID-19 fue desaconsejado por la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), que no lo autorizó.

El 7 de enero, un día después de que su madre muriese por coronavirus, José María Lorenzo solicitó a la Justicia que su padrastro Oscar García Rúa recibiera "en carácter urgente" la administración de nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y de dióxido de cloro intravenoso, terapias recetadas por el neurocirujano del paciente, Dante Converti.

En su fallo, el juez consideró que "la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio" para el sanatorio, pero "evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida" del paciente.

El magistrado dictaminó que el hospital deberá "garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante".

La decisión fue cuestionada por la comunidad médica. "Que un juez decida que un médico tiene que aplicar una sustancia para la cual no hay ninguna evidencia científica es realmente preocupante, sobre todo cuando es en forma endovenosa. No es decisión de un magistrado administrar una medicación que no conoce en un paciente, no es su rol", advirtió Omar Sued, presidente de la Sociedad Argentina de Infectología.

El abogado de la Fundación Huésped y del hospital Muñiz, Ignacio Maglio, consideró el caso "una aberración jurídica y un escándalo. Es una desmesura, una extralimitación de las facultades jurisdiccionales donde con un certificado médico se indicó una medida cautelar con todo el riesgo y el daño que significa".

Con información de AFP

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