Sunat reduce en 100% multa a mypes por no presentar declaraciones en plazo establecido
Esta facilidad es para microempresas que se encuentran en el régimen general, mype tributario y régimen especial del impuesto a la renta
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) redujo en 100% las multas a las microempresas con ingresos anuales de hasta 150 UIT (S/645 000 con la UIT de 2020) que no hayan presentado las declaraciones juradas, siempre y cuando subsanen voluntariamente esa omisión.
Esta facilidad es para microempresas que se encuentran en el régimen general, mype tributario y régimen especial del impuesto a la renta, cuyos ingresos netos no superen el monto señalado. Las microempresas representan el 95% del total de las empresas del país.
Mediante la resolución de superintendencia N°000078-2021/SUNAT, publicada en el diario oficial El Peruano, se modificó el régimen de gradualidad referida a la sanción por no presentar las declaraciones juradas en los plazos legales.
La norma establece que la reducción de la multa será del 100% si es que subsanan voluntariamente esta infracción, presentando la declaración jurada correspondiente si omitió presentarla, antes de ser notificados por la Sunat.
Si lo hacen dentro de los 7 días de recibida la notificación, la reducción es de 95% o 90%, dependiendo de si se cumple o no con el pago total de la multa rebajada más los intereses respectivos.
Esta medida facilita a las microempresas el cumplimiento de sus obligaciones tributarias para que puedan continuar desarrollando sus actividades económicas de manera formal, en el marco de la reactivación del país. El Comercio