Presentan proyecto para derogar norma que "distorsionó" ascensos en FFAA
El Ministerio de Defensa elaboró esta propuesta y la envió al Congreso para su debate
El Ejecutivo remitió al Congreso un proyecto de ley que modifica el artículo 7 de la Ley de Ascensos Militares, con lo cual permite la derogación de los anexos 1, 2 y 3 del Decreto Supremo 009-2013-DE, que generaron distorsiones y falta de uniformidad en los ascensos de oficiales de las Fuerzas Armadas durante el gobierno pasado.
“Los anexos contenidos en dicho decreto, emitido en el gobierno pasado, desarrollan un insuficiente período de transitoriedad, lo que se tradujo en el incremento de los años de servicios en el grado que debían cumplir los oficiales a fin de estar aptos para el ascenso, afectando de esta manera sus aspiraciones en la carrera”, informó el Ministerio de Defensa.
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Mediante un comunicado, explica que esta situación “distorsionó la estructura piramidal que deben mantener las Fuerzas Armadas” con el fin de asegurar un menor número de oficiales en los altos mandos y una base con mayor volumen en su plataforma operativa.
“Asimismo, generó que los tres institutos armados presentasen diferencias en el número mínimo de años en el grado que deben cumplir sus oficiales para ascender, en una clara violación del principio de equidad y el derecho de igualdad ante la ley”, añade el Mindef.
Indica, además, que con la aprobación del proyecto se derogarán los anexos nocivos del Decreto 009, ampliando el período de transitoriedad hasta el 2024 y estableciendo procesos de ascensos con reglas claras, igualdad de oportunidades y, sobre todo, con un menor número de años en el grado.
“Así, por ejemplo, tras la aprobación de la ley, para el ascenso a general de División o equivalente el número de años en el grado ya no será de ocho sino de seis; mientras que para general de Brigada o equivalente se reducirá de nueve a siete, y para coronel o equivalente la disminución será de ocho a siete años”, precisa.
Otro punto importante del proyecto –resaltó el Mindef– es la derogación del artículo 7 de la Ley de Situación Militar, que también regula los tiempos mínimos de servicios en el grado para el ascenso de oficiales. Con ello, existirá una sola norma que regule dichos tiempos.
De igual manera, el proyecto también regula el tiempo de servicios de años reales y efectivos para los oficiales procedentes de universidades que se asimilaron con los grados de teniente, capitán y mayor.
Resaltó, además, que la iniciativa, que beneficiará a casi 2 mil efectivos del Ejército, la Fuerza Aérea y la Marina de Guerra, ha sido elaborada por el Ministerio de Defensa con el trabajo profesional de los tres institutos armados a lo largo de 18 sesiones.