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11.01.2021

Los órganos electorales no tienen competencia para sancionar en el contexto de la pandemia

Foto: Cuarto Poder

Violar las medidas sanitarias es delito y está penado con no menos de 6 meses y no más de tres años de cárcel y su respectiva multa

Las aglomeraciones, reuniones y concentraciones de personas están prohibidas a causa de la COVID-19, sin embargo, la campaña electoral hace caso omiso a estas recomendaciones.

Violar las medidas sanitarias es delito y está penado con no menos de 6 meses y no más de tres años de cárcel y su respectiva multa.

Pese a esto, los candidatos a la presidencia y al Congreso hacen sus campañas sin control y tampoco es posible asignarles policías y fiscales para su seguimiento.

Los mítines están prohibidos y se necesitan permisos para llevarlos a cabo, pero lo que hacen los candidatos son reuniones espontáneas o en espacios abiertos por lo que la norma se interpreta de distintas formas.

Sin normas específicas, la PNP también tiene miedo de intervenir a un candidato y que se le tache de ser policía política con preferencia.

Lo mismo ocurre con la Fiscalía y los órganos electorales no tienen competencias para inventarse reglas y sanciones en pandemia.

El JNE puede hacer de mesa de partes y remitir posibles infracciones a la fiscalía o a la PNP pero no tiene capacidad sancionadora.

Las diferentes autoridades se reunirán la próxima semana para tratar este tema. La decisión que tomen sobre la campaña y sus límites podrán salvar vidas y de paso votos.

La sanción ciudadana a aquellos que persisten en priorizar su yo político a su yo ciudadano es una herramienta, pero no es suficiente si lo que falta ahora es una cama UCI.

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