Minjus: Hijos están obligados a dar pensión a padres con necesidades económicas
Este recurso aplica para aquellos hijos mayores de edad y con los suficientes recursos económicos para ayudar a sus padres
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante un comunicado oficial, precisó que los hijos están en la imposición, por ley, a ayudar a sus padres a cubrir sus necesidades básicas, cuando estos no sean capaces de valerse por sí mismos, es decir, cuando cuenten con limitaciones físicas, de salud o problemas económicos.
De acuerdo al Minjus, esta pensión de alimentos se basa en el artículo N°474 del Código Civil, el cual establece que el padre o la madre, que sea mayor de 65 años, que se encuentre en estado de necesidad económica, o con la imposibilidad de mantenerse, podrá reclamar esta remuneración.
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Esta norma busca proteger a los padres del abandono de sus hijos, pues muchos no se atreven a denunciarlos por vergüenza, pena desconocimiento de las leyes. Este recurso aplica para aquellos hijos mayores de edad y con los suficientes recursos económicos para ayudar a sus padres.
Los trámites y requisitos son:
Para presentar esta demanda, el Minjus detalló que se puede realizar en cualquier Juzgado de Paz Letrado, llevando los siguientes documentos:
- Copia del DNI del demandante.
- Partida de nacimiento del demandado.
- Domicilio del demandado.
- Lugar de trabajo del hijo o hijos.
- Señalar gastos del demandante, adjuntando de ser el caso medios de prueba que lo sustenten.
- Documentos que acrediten los ingresos del demandado.
- También se puede presentar una medida cautelar de asignación anticipada y otras en favor del demandante.
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Por último, el Ministerio de Justicia informó que los defensores públicos están a la disponibilidad para brindar asesorías legales sin costo a las personas que necesitan hacer este trámite ante el Poder Judicial.