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14.07.2020

Gratificación: Sunafil señala que trabajadores en suspensión perfecta tienen derecho a pago

En el régimen laboral general el monto de la gratificación será equivalente a una remuneración íntegra. Foto referencial: El Comercio

Pago de gratificaciones de Fiestas Patrias se hará como máximo hasta el próximo 15 de julio

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó a los empleadores de la pequeña, mediana y gran empresa, realizar el pago de las gratificaciones de Fiestas Patrias a sus trabajadores, como máximo hasta el próximo 15 de julio.

En el régimen laboral general el monto de la gratificación será equivalente a una remuneración íntegra si el trabajador laboró el semestre completo.

La entidad señaló que, si el trabajador se encuentra en suspensión perfecta, debidamente aprobada, tendrá derecho al pago de la gratificación por cuanto al tratarse de una medida excepcional se busca también la continuidad en el pago de las remuneraciones, aunque el periodo de suspensión perfecta se descontará en el cálculo del beneficio.

En caso haya quedado sin efecto la suspensión perfecta de labores presentada por el empleador, ante el Ministerio de Trabajo, dicho periodo deberá considerarse como trabajado, es decir, también debe ser considerado para el cálculo de la gratificación de julio.

La Sunafil dijo también que si el trabajador obtuvo una licencia con goce de haber o estuvo con descanso médico, dando origen al pago de un subsidio, dichos días se considerarán como laborados para obtener la gratificación de Fiestas Patrias.

Transcurrido el 15 de julio los trabajadores que se encuentren en el régimen privado y no hayan percibido la gratificación de Fiestas Patrias, pueden interponer sus denuncias ante la Sunafil, de forma virtual, ingresando al ícono Denuncia Virtual, alojado en la página web: https://www.sunafil.gob.pe./

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