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2.11.2012

El 15 de noviembre vence el plazo para el depósito de la CTS

Solo se podrá retirar hasta el setenta por ciento del excedente a los seis sueldos.

Lima.

El pago de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al periodo semestral mayo-octubre 2012 será depositado como máximo el 15 de noviembre.


 


La Cámara de Comercio de Lima informó que, a diferencia de lo que sucedió en años anteriores, en esta oportunidad los trabajadores sólo pueden retirar su CTS si el monto depositado excede a los seis sueldos que son intangibles (intocables, salvo por motivo de cese del trabajador).


 


Por ejemplo, si el total depositado en el banco es 15 mil soles y el sueldo del trabajador es mil 500; los seis sueldos equivalen a 9 mil soles; el exceso a seis sueldos será 6 mil soles; de ello sólo se podrá retirar 4 mil 200 (setenta por ciento del exceso).


 


“Las miniempresas no tienen derecho a CTS y las medianas solo tienen derecho a la mitad”, aseguró el abogado laboralista Germán Lora, quien recomendó no retirar el monto pues este fue creado en caso de la pérdida de trabajo.


 


Las empresas que no cumplan con los depósitos serán sancionadas hasta con 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).


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