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3.01.2017

Darán permiso temporal de permanencia a venezolanos en el Perú

Superintendencia de Migraciones. Foto: Andina

Esta medida no aplica para quienes hayan ingresado ilegalmente al Perú o tengan antecedentes penales

La Superintendencia de Migraciones otorgará un permiso temporal de permanencia (PTP) a los ciudadanos venezolanos que hayan ingresado al Perú de manera regular hasta antes de la disposición que excluye a Venezuela del Convenio Mercosur, publicada el pasado 1 de diciembre del 2016.

Así lo establece el Decreto Supremo Nº 002-2017-IN del Ministerio del Interior (Mininter), publicado hoy el diario oficial El Peruano, el cual aprueba los lineamientos para el otorgamiento de dicho permiso. La norma entrará en vigencia a los 30 días calendarios siguientes de su publicación.

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Algunas de las condiciones que deberán cumplir los venezolanos para acceder al PTP son haber ingresado legalmente al Perú y no tener antecedentes penales o judiciales a nivel nacional e internacional.

También se les otorgará el PTP a los venezolanos que estén en una situación migratoria irregular como consecuencia del vencimiento de su autorización de permanencia o residencia.

Con este permiso, se faculta al venezolano a trabajar formalmente en el territorio peruano en el marco de la legislación nacional.

Requisitos

-La solicitud del PTP es de carácter personal

-El pago por concepto de derecho de trámite asciende a 41.90 soles.

-Llenar un formulario disponible en la página web de Migraciones (www.migraciones.gob.pe), en el que se consignará un correo electrónico a efectos de que se le notifique las comunicaciones que se emitan durante la tramitación del presente procedimiento.

-Dos fotos tamaño pasaporte a color con fondo blanco.

-Copia simple del pasaporte o cédula de Identidad con el que registró su ingreso al país.

-Declaración jurada de no poseer antecedentes penales y judiciales a nivel nacional e internacional, excepto para menores de edad e interdictos.

-Ficha de Canje Internacional – Interpol, solo para mayores de edad con derechos y obligaciones civiles.

- Declaración jurada de no contar con medios económicos para solventar el pago del Derecho de trámite; o acreditar el pago del mismo. En caso de menores de edad se presentará adicionalmente la partida o acta de nacimiento y declaración jurada de autenticidad del documento.

Procedimiento

-La persona de nacionalidad venezolana realizará el trámite de manera personal en la Mesa de Partes de Migraciones o en la Jefatura Zonal respectiva, presentando todos los documentos establecidos.

-Migraciones recibe la documentación y procederá a registrar los datos en el sistema, derivando el expediente al área correspondiente para su calificación.

-En caso de efectuar observaciones a la documentación presentada, el interesado tiene 10 días hábiles para subsanarla, vencido el plazo la solicitud se tendrá por no presentada.

-Evaluada la solicitud, Migraciones, según el caso, emitirá la resolución administrativa correspondiente hasta en un plazo máximo de 30 días hábiles.

-Con la resolución favorable que otorga el PTP, Migraciones emitirá el carné de permiso de permanencia correspondiente.

Fuente: Andina

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